15/07/2009

Locales

"Es muy bajo el número de reclamos", respondió Camuzzi

Denuncias por aumentos de hasta un 400 por ciento en las últimas facturas de gas, presentadas en la Oficina Municipal de Información al Consumidor, abrieron una nueva controversia durante la corriente temporada invernal.
La empresa "Camuzzi Gas Pampeana" salió a contrarrestar las críticas al sostener que bajó el número de reclamos.
Mario Raimondi, de OMIC Tandil, había confirmado la preocupación de los usuarios, principalmente, los de categoría 3.4, cuyos consumos superan los 2.000 metros cúbicos anuales: algunos recibieron boletas de entre 400 y 600 pesos.
La situación se complica aún más cuando los damnificados son adultos mayores, cuyo único sustento es la jubilación. Casualmente, los ancianos necesitan más tiempo e intensidad de calefacción en sus hogares. Y muchos no están en condiciones de pagar estos altos montos.
Sin embargo, fuentes de la firma que distribuye el gas natural en la ciudad le bajaron el tono a la polémica, y atribuyeron los incrementos a un decreto firmado en noviembre de 2008 (2067/08) por el Estado Nacional, del que las compañías prestatarias están ajenas, pues éstas no fijan tarifas, argumentó el vocero de Camuzzi a LA VOZ.
De todos modos, la empresa sostiene que las subas comprendidas por la normativa sólo atañen a uno de los 8 segmentos en que se divide el cuadro de consumidores: los mayores consumidores, denominados R 3.4 (más de 1.800 m3 por año). "El 90 por ciento de los usuarios no paga ese impuesto adicional", respondió el referente de la firma.
"Hace 10 años que no había un impuesto para las importaciones de gas natural, en el que además, sólo involucran a los consumidores de mayor demanda", calificó el entrevistado. En su alegato, el vocero llamó al uso racional del "gas natural, un recurso no renovable que escasea en todo el mundo. Esto es un avance desde el punto de vista energético", opinó sobre el controvertido decreto.
Asimismo, Camuzzi aclaró que se estudiarán, mediante la solicitud de requisitos, los casos en que los usuarios, por condiciones socioeconómicas, estén imposibilitados de pagar la factura.
"Es muy bajo el número de reclamos, incluso menor al del año pasado", rebatió la fuente empresarial sobre la embestida de las asociaciones de consumidores.
Las firmas del mercado piensan que el tema tomó vuelo mediático porque "en algunos usuarios hubo aumentos considerables", comentó posteriormente.
Las distribuidoras "actuamos como agentes de retención de cargo: cobramos y lo depositamos en un fondo. Como el resto de las 8 distribuidoras, Camuzzi no tiene la potestad para hacer modificaciones tarifarias", analizó. Por lo tanto, cada planteo se deriva al organismo de contralor estatal, que verifica el servicio prestado.

JUSTIFICACION
El Poder Ejecutivo Nacional estableció modificaciones en relación a los cargos abonados por los usuarios de gas natural. Estas medidas nacionales responden a "atender las importaciones de gas natural y toda aquella necesaria para complementar la inyección de gas natural que sea requerida para satisfacer las necesidades nacionales de dicho hidrocarburo, con el fin de garantizar el abastecimiento interno y la continuidad del crecimiento del país y sus industrias", así como "incorporar un valor fijo para una garrafa social, a aquellos usuarios que por diversas razones no puedan acceder al gas natural por redes" y "adoptar decisiones que tiendan a evitar posibles situaciones de insuficiencia de suministro, que condicionen no sólo las prestaciones actuales sino también el crecimiento en la demanda asociado al crecimiento de la economía".
Las principales medidas adoptadas por el Gobierno fueron la "modificación de tarifa en boca de pozo (aumento a las productoras de hidrocarburo) para así poder incorporar una garrafa social a aquellos usuarios sin posibilidad de tener gas natural por redes" e "incorporación de cargo específico (Decreto 2067/08) para atender las importaciones de gas natural".
Los incrementos rigen entre "el 1 de mayo y el 31 de agosto, mientras que la categoría de usuarios R3.2 y R3.3 no percibirá aumentos por Decreto 2067/08".

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