09/04/2020
En cuanto a los puestos de control sanitario, entre las
principales novedades que establece la actualización se encuentran el control
de egreso y en la circulación entre Tandil y las localidades de María Ignacia
(Vela) y Gardey, ya que hasta el momento solo se hacían en los ingresos. Además
se actualizó el listado de zonas de circulación o transmisión local del
interior del país.
Personal policial o de Tránsito consultará acerca de la
procedencia y destino para establecer si es un caso de "circulación
excepcional".
Si se tratase de personas y/o cargas que pretendan ingresar
o egresar de Tandil, María Ignacia (Vela) o Gardey o circular dentro de cada
localidad o entre ellas, deberán justificar razonablemente la excepción a la
prohibición de circular que los autoriza.
Si no les asiste excepción alguna o no pueden justificarla
de acuerdo a las normativas vigentes, se exigirá a quien pretenda ingresar,
regresar a su domicilio o lugar de residencia y a quien pretenda egresar o
circular entre las localidades, permanecer en su domicilio o lugar de
residencia; dándose intervención, en su defecto, a la autoridad judicial
correspondiente por presunta violación del art. 205 del Código Penal.
Si se tratase de personas y/o cargas en tránsito con destino
a ciudades o localidades de otro Partido, se verificará que se trate de un
supuesto de "circulación excepcional".
En el caso que se acredite la excepción a la prohibición de
circular, se tomarán datos personales del conductor y acompañantes y del
vehículo y se comunicará la prosecución del viaje al puesto sanitario por el
cual saldrán del perímetro de control hacia su destino, a efectos de verificar
su egreso. Si no se acredita por el puesto sanitario de salida en un tiempo
prudencial, se dará aviso a todas las dependencias policiales vía 101 y también
al Centro de Monitoreo de Tandil para su posible detección en la planta urbana,
y la adopción de las medidas legales a que hubiere lugar.
Si no se justifica la excepción a la prohibición de
circulación se exigirá al interesado egresar del Partido de Tandil, dándose
intervención, en su defecto, a la autoridad judicial correspondiente por
presunta violación del art. 205 del Código Penal.
Por su parte el personal de Salud efectuará el control de
temperatura corporal y completará el formulario de DDJJ a las personas que
pretendan ingresar. El formulario de DDJJ se completará respecto de toda
persona que presente fiebre (38º o más) y/o que presente historial de viaje
fuera del país o residencia en zonas de transmisión local (ya sea comunitaria o
por conglomerados) de COVID-19 en Argentina.
Actualmente se consideran zonas de circulación o transmisión
local del interior del país: Ciudad Autónoma de Buenos Aires y Área
Metropolitana de Buenos Aires; Prov. de Chaco; en la Provincia de Santa Fe:
Ciudad de Santa Fe, Rosario y Rafaela; en la provincia de Córdoba: Ciudad de
Córdoba, Alta Gracia y Río Cuarto; en la Provincia de Tierra del Fuego:
Ushuaia.
Si durante el control se detecta que una persona presenta
38º o más de temperatura corporal, se requerirá la asistencia de ambulancia,
para su traslado -y el de todas las demás personas que viajen juntas- hasta el
Hospital Municipal Ramón Santamarina o el efector que se designe, a fin de
implementar las medidas de detección, control y/o prevención que la situación
amerite a juicio de los profesionales de la salud.
Si se detecta que se trata de una persona que deba cumplir con la medida de "aislamiento obligatorio" por presentar historial de viaje fuera del país o historial de viaje o residencia en zonas de transmisión local de COVID19 en Argentina (ya sea comunitaria o por conglomerados), se envían los datos necesarios a la Secretaría de Protección Ciudadana quien los pondrá en conocimiento de la Superioridad Policial para el control de rutina en la ciudad y durante el plazo de vigencia de dicho aislamiento.
Criterios uniformes para justificar las excepciones a la prohibición de circulación
En cuanto a los criterios uniformes para justificar las
excepciones a la prohibición de circulación (circulación permitida), se indica
que como establece el Decreto 297/2020, las personas sólo podrán realizar
desplazamientos mínimos e indispensables para aprovisionarse de alimentos,
medicamentos y artículos de limpieza. En estos casos no requerirán permisos de
circulación.
Sin embargo, las personas que se encuentren exceptuadas del
cumplimiento del "aislamiento social, preventivo y obligatorio" y de la
"prohibición de circulación", detalladas en el artículo 6 del DNU 297/2020,
deberán contar con un permiso, certificado, declaración jurada u otra
documentación, según el caso, que acredite su condición.
La documentación correspondiente es la que en cada caso se
indica a continuación:
- Personal de Salud, Fuerzas de Seguridad, Fuerzas Armadas,
actividad migratoria, servicio meteorológico nacional, bomberos y control de
tráfico aéreo.
- Permiso, autorización, credencial y/o cualquier otro
dispuesto por la autoridad competente.
- Personal de salud que presta servicios en el Partido de
Tandil:
a) En el Sistema Integrado de Salud Pública: DNI y
certificado emitido por Recursos Humanos del Sistema.
b) En entidades privadas: DNI, matrícula, carnet o
credencial profesional, recibo de haberes y/o certificación emitida por la
entidad empleadora.
- Servicio meteorológico y Control de Tráfico Aéreo: DNI y/o
comprobante de designación y/o recibo de haberes y/o certificación emitida por
autoridad superior.
- Autoridades superiores de los gobiernos nacional,
provinciales, municipales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Trabajadores
y trabajadoras del sector público nacional, provincial, municipal y de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, convocados para garantizar actividades
esenciales requeridas por las respectivas autoridades.
- Empleados del sector público nacional y provincial: DNI
y/o comprobante de designación y/o recibo de haberes y/o certificación u otra
documentación emitida por autoridad superior.
- Funcionarios y empleados del Municipio de Tandil: Se
acreditará la condición con alguno de los siguientes instrumentos:
a) Listado de funcionarios y personal puesto en conocimiento
de las Jefaturas Departamental y Distrital;
b) Funcionarios Superiores: DNI y copia certificada del
decreto de designación
- Personal de los servicios de justicia de turno, conforme
establezcan las autoridades competentes.
- Magistrados y Funcionarios Judiciales (jueces, fiscales,
instructores, defensores oficiales, secretarios y auxiliares): DNI y credencial
de la Suprema Corte de Justicia de la Pcia. de Bs As.
- Empleados Judiciales: DNI y certificado emitido por el
órgano judicial en el que se desempeña.
- Personal diplomático y consular extranjero acreditado ante
el gobierno argentino, en el marco de la Convención de Viena sobre Relaciones
Diplomáticas y la Convención de Viena de 1963 sobre Relaciones Consulares y el
personal de los organismos internacionales acreditados ante el gobierno
argentino, de la Cruz Roja y Cascos Blancos.
- Cruz Roja: DNI y credencial institucional.
- Personas que deban asistir a otras con discapacidad;
familiares que necesiten asistencia; a personas mayores; a niños, a niñas y a
adolescentes.
- Asistencia a personas mayores y discapacitados: DNI y
declaración jurada obtenida mediante página web del Ministerio Desarrollo
Social de Nación (www.argentina.gob.ar./desarrollosocial link "Información
actualizada sobre Coronavirus").
- Asistencia a niñas, niños y adolescentes: DNI y
declaración Jurada obtenida mediante página web del Ministerio Desarrollo
Social de Nación (www.argentina.gob.ar./desarrollosocial link "Información
actualizada sobre Coronavirus").
- Personas que deban atender una situación de fuerza mayor.
- Se entiende por situación de fuerza mayor a eventos
contingentes, impostergables y extraordinarios. En todos los casos servirá
acreditar la urgencia con la mayor cantidad de elementos posibles
(documentación, mensajes telefónicos, por SMS o WhatsApp, etc.).
- No hay un certificado válido a nivel nacional.
- Por Resolución 15/2020, el Ministerio de las Mujeres,
Géneros y Diversidad dispuso que serán considerados como supuestos de fuerza
mayor, todas aquellas situaciones por las cuales las mujeres o personas LGTTBI+
solas o junto a sus hijos e hijas salgan de sus domicilios a los fines de
realizar las pertinentes denuncias penales respecto de hechos de violencia o se
dirijan a requerir auxilio, asistencia o protección en razón de la situación de
violencia que se encuentren transitando.
- Puede utilizarse el permiso de tránsito de la Prov. de Bs.
As. (https://permisostransito.mseg.gba.gov.ar).
- Personas afectadas a la realización de servicios
funerarios, entierros y cremaciones.
- Certificado único habilitante para la circulación
(formulario-ddjj.argentina.gob.ar)
- Personas afectadas a la atención de comedores escolares,
comunitarios y merenderos.
- Declaración Jurada obtenida mediante página web del
Ministerio de Desarrollo Social de la Nación (www.argentina.gob.ar./desarrollosocial
link "Información actualizada sobre Coronavirus").
- Personal que se desempeña en los servicios de comunicación
audiovisuales, radiales y gráficos.
- Permiso y/ o certificado emitido por el medio para el que
presta servicio.
- Personal afectado a obra pública.
- Certificado único habilitante para la circulación
(formulario-ddjj.argentina.gob.ar)
- Supermercados mayoristas y minoristas y comercios
minoristas de proximidad. Farmacias. Ferreterías. Veterinarias. Provisión de
garrafas.
- Certificado único habilitante para la circulación
(formulario-ddjj.argentina.gob.ar)
- Industrias de alimentación, su cadena productiva e
insumos; de higiene personal y limpieza; de equipamiento médico, medicamentos,
vacunas y otros insumos sanitarios.
- Certificado único habilitante para la circulación
(formulario-ddjj.argentina.gob.ar)
- Actividades vinculadas con la producción, distribución y
comercialización agropecuaria y de pesca.
- Productor agropecuario: Inscripción al Renspa que le
otorgó el Senasa. También podrá ser la constancia de AgroRegistro Pymes o CUIT
que determine su actividad.
- Agricultor familiar: Inscripción al Registro Nacional de
la Agricultura Familiar (Renaf). También podrá ser la constancia de
AgroRegistro Pymes o CUIT que determine su actividad. ? Apicultor: Inscripción
al Registro Nacional de Productores Apícolas (Renapa). También podrá ser la
constancia de AgroRegistro Pymes o CUIT que determine su actividad.
- Profesional (veterinarios, agrónomos, otros): Matrícula
otorgada por el Colegio Profesional al que pertenece.
- Contratista: Inscripción de AFIP que lo habilita como
prestador de servicios. El permiso otorgado por el productor generado vía
Renspa para realizar la cosecha en el campo y/o constancia de Agroregistro
Pymes.
- Actividades de telecomunicaciones, internet fija y móvil y
servicios digitales.
- Permiso de circulación emitido por ENACOM (
www.enacom.gob.ar )
- Actividades impostergables vinculadas con el comercio
exterior.
- Certificado emitido por el transportista o dador de carga,
o mediante página web según Resolución 84/2020 emitida por el Ministerio de
Transporte de la Nación.
- Recolección, transporte y tratamiento de residuos sólidos
urbanos, peligrosos y patogénicos.
- Residuos sólidos urbanos: disposición municipal.
- Residuos patogénicos: Declaración jurada emitida por la
Consultora Ejecutiva Nacional de Transporte (www.cent.gov.ar)
- Mantenimiento de los servicios básicos (agua,
electricidad, gas, comunicaciones, etc.) y atención de emergencias.
- Certificado emitido por la entidad prestadora de
servicios.
- Transporte público de pasajeros, transporte de
mercaderías, petróleo, combustibles y GLP.
- Transporte Público de Pasajeros: Por disposición
Municipal. El chofer podrá acreditar la condición mediante licencia de
conductor profesional, recibo de sueldo, credencial sindical UTA y /o
certificado emitido por la empresa transportista.
- Transporte de mercaderías, petróleo, combustible y GLP:
Certificado emitido por el transportista o dador de carga, o mediante página
web según Resolución 84/2020 emitida por el Ministerio de Transporte.
- Reparto a domicilio de alimentos, medicamentos, productos
de higiene, de limpieza y otros insumos de necesidad.
- Certificado único habilitante para la circulación
(formulario-ddjj.argentina.gob.ar)
- Servicios de lavandería
- Certificado único habilitante para la circulación
(formulario-ddjj.argentina.gob.ar)
- Servicios postales y de distribución de paquetería.
- Declaración jurada emitida por la Consultora Ejecutiva
Nacional de Transporte (www.cent.gov.ar ), según resolución emitida por
Resolución 84/2020 del Ministerio de Transporte.
- Servicios esenciales de vigilancia, limpieza y guardia.
- Certificado único habilitante para la circulación
(formulario-ddjj.argentina.gob.ar)
- Guardias mínimas que aseguren la operación y mantenimiento
de Yacimientos de Petróleo y Gas, plantas de tratamiento y/o refinación de
Petróleo y gas, transporte y distribución de energía eléctrica, combustibles
líquidos, petróleo y gas, estaciones expendedoras de combustibles y generadores
de energía eléctrica.
- Certificado único habilitante para la circulación (formulario-ddjj.argentina.gob.ar)
- S.E. Casa de Moneda, servicios de cajeros automáticos,
transporte de caudales y todas aquellas actividades que el Banco Central de la
República Argentina disponga imprescindibles para garantizar el funcionamiento
del sistema de pagos.
- La entidad financiera certificará la condición de los
funcionarios y empleados alcanzados por la excepción, según BCRA Com."A" 6942 y
BCRA Com."A" 6949 (esta última prórroga el sistema hasta el 12-04-2020).
- Hoteles afectado al servicio de emergencia sanitaria o que
deban garantizar prestaciones a personas que se hallaren alojadas en los mismos
a la fecha del dictado del Decreto 297/2020 (20/03/2020).
- Certificado único habilitante para la circulación
(formulario-ddjj.argentina.gob.ar)
- Certificado nominal para cada persona que realiza el
servicio de entrega o reparto a domicilio, extendido por el titular o
administrador del establecimiento
- Establecimientos que expenden comidas preparadas a través
de reparto a domicilio ("delivery").
- Certificado único habilitante para la circulación
(formulario-ddjj.argentina.gob.ar)
- Certificado nominal para cada persona que realiza el
servicio de entrega o reparto a domicilio con detalle del vehículo (marca,
tipo, dominio) afectado al servicio, extendido por el titular o administrador
del establecimiento
- Obra privada de infraestructura energética.
- Certificado único habilitante para la circulación
(formulario-ddjj.argentina.gob.ar)
- Certificado nominal para cada persona convocada, extendido por el titular o administrador
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25/04/2024