01/06/2020
Como parte de las medidas y acciones adoptadas para la
prevención por la pandemia de coronavirus, este lunes el Municipio de Tandil
actualizó el protocolo de actuación para los puestos sanitarios dispuestos en
los accesos de la ciudad y localidades rurales y controles de circulación
interna.
El control de ingreso a Tandil, María Ignacia - Vela y
Gardey versará sobre aspectos vinculados a la identificación, circulación y
determinación de la procedencia de la persona y sobre aspectos sanitarios
vinculados al COVID-19, mientras que en los egresos se controlará la
identificación de la persona y la acreditación de la legalidad de la
circulación.
En casos de ingresos se identificará a cada persona, se
acreditará la excepción a la prohibición de circular y se determinará la
procedencia, para establecer si proviene de una zona de transmisión local del
virus, definida como tal por el Ministerio de Salud de la Nación, en cuyo caso,
si su destino está situado en el Partido de Tandil, deberá guardar aislamiento
preventivo de 14 días.
Asimismo se concretará una verificación preliminar de
síntomas de COVID-19 definidos como tales por el Ministerio de Salud de la
Nación, en especial el síntoma objetivo de temperatura corporal u otros que lo
caracterizan, en cuyo caso, si su destino está situado en el Partido de Tandil,
también se le impondrá aislamiento preventivo de 14 días.
Control de identificación, procedencia y acreditación de la
excepción a la prohibición de circular
Personal policial o de Tránsito consultará acerca de la
procedencia y destino del conductor y acompañantes.
Si se tratase de personas y/o cargas que pretendan ingresar
a Tandil o localidades rurales, aun cuando procedan de una de éstas, se exigirá
la exhibición de la siguiente documentación con la cual se procurará establecer
el lugar de procedencia de las personas sujetas a control: DNI, pasaporte o
documentación equivalente, a fin de establecer el domicilio allí indicado;
Licencia de conductor, a fin de establecer el Municipio que la emitió;
constancia de seguro vigente; certificado de Verificación Técnica Vehicular
(VTV) vigente y certificado único de tránsito vigente, de acuerdo a lo
dispuesto por la Decisión Administrativa Nº 897/2020 para acreditar documental
o electrónicamente la excepción a la prohibición de circular que los autoriza.
Tratándose de transporte de cargas, se solicitará, además,
acreditar y presentar la correspondiente carta de porte, remito de mercaderías
o documentación equivalente, a fin de acreditar el lugar de procedencia de la
mercadería y el cargador respectivo.
Si todos los documentos consignan igual domicilio para la
persona sujeta a control y éste no se corresponde con lugares o zonas
consideradas de transmisión local del virus, podrá ingresar sin restricción
alguna. Si por el contrario, el domicilio corresponde a lugares o zonas
definidas como de transmisión local del virus, se le impondrá aislamiento
preventivo de 14 días.
Si del control de la documentación surgieran domicilios
diversos, sin que se pueda establecer razonablemente cuál es el domicilio de
procedencia de la persona, se considerará que proviene de zona de transmisión
del virus y se le impondrá aislamiento preventivo de 14 días. Si con
posterioridad acredita razonablemente no provenir de una zona de transmisión
local del virus, se levantará de inmediato el aislamiento impuesto.
En los casos donde no le asiste excepción alguna y/o no
pueden justificarla, se exigirá a quien pretenda ingresar, regresar a su
domicilio o lugar de residencia; dándose intervención, en su defecto, a la
autoridad judicial correspondiente por presunta violación del art. 205 del
Código Penal.
Finalmente en los casos de personas y/o cargas en tránsito
con destino a ciudades o localidades de otro Partido, se verificará que se
trate de un supuesto de "circulación excepcional", para lo cual se exigirá la
presentación de la documentación.
Acreditada razonablemente la excepción a la prohibición de
circular, se tomarán datos personales del conductor y acompañantes y datos del
vehículo (marca, tipo, dominio, color) y se comunicará la prosecución del
viaje, mediante Policía, al puesto sanitario por el cual saldrán del perímetro
de control hacia su destino, a efectos de verificar su egreso.
Si no se acredita por el puesto sanitario de salida en un
tiempo prudencial, se dará aviso a todas las dependencias policiales vía 101 y
también al Centro de Monitoreo de Tandil para su posible detección en la planta
urbana, y la adopción de las medidas legales a que hubiere lugar.
Si no se justifica razonablemente la excepción a la
prohibición de circulación, se exigirá al interesado egresar del Partido de
Tandil, dándose intervención, en su defecto, a la autoridad judicial
correspondiente por presunta violación del art. 205 del Código Penal.
Por su parte el personal de Salud efectuará el control de
temperatura corporal a todas las personas que pasen por el Puesto de Control
Sanitario, ya sea como conductores o acompañantes. Completarán el formulario de
DDJJ a las personas que pretendan ingresar a Tandil, María Ignacia - Vela o
Gardey que presente fiebre (37,5º o más) o que registre historial de viaje
fuera del país o historial de viaje o residencia en zonas de transmisión local
de COVID-19 en Argentina
Si bien no es considerada zona con transmisión local del
virus, también deberán completar el formulario de DDJJ las personas que registren historial de viaje
o residencia en el Partido de Necochea, aunque no presenten fiebre ni ningún
otro síntoma de COVID-19.
En todos estos casos deberán cumplir con el aislamiento
preventivo de 14 días, y en caso de negativa, resistencia, desobediencia o
elusión de las acciones de control, el personal Policial procederá según la ley
vigente.
Si durante el control se detecta que una persona presenta
37.5º o más de temperatura corporal y registra historial de viaje fuera del
país o historial de viaje o residencia en zonas de transmisión local de
COVID19, se requerirá la asistencia de ambulancia, para su traslado -y el de
todas las demás personas que viajen juntas- hasta el Hospital Municipal Ramón
Santamarina o el efector que se designe, a fin de implementar las medidas de
detección, control y/o prevención que la situación amerite a juicio de los
profesionales de la salud.
Controles de egreso
En los controles de egreso se exigirá la exhibición de la
siguiente documentación: DNI, pasaporte o documentación equivalente; licencia
de conductor; certificado único de tránsito vigente, de acuerdo a lo dispuesto
por la Decisión Administrativa Nº 897/2020 para acreditar documental o electrónicamente
la excepción a la prohibición de circular que los autoriza.
Si no le asiste excepción alguna y/o no pueden justificarla,
se exigirá a quien pretenda egresar o circular entre las localidades,
permanecer en su domicilio o lugar de residencia; dándose intervención, en su
defecto, a la autoridad judicial correspondiente por presunta violación del
art. 205 del Código Penal.
Tratándose de transporte de cargas, se solicitará, además,
acreditar y presentar la correspondiente carta de porte, remito de mercaderías
o documentación equivalente, a fin de acreditar el lugar de procedencia de la
mercadería y el cargador respectivo.
Si se conoce algún caso de violación al aislamiento
obligatorio de 14 días, dar aviso a las autoridades comunicándose al 101.
Documentación para acreditar las excepciones a la
prohibición de circular
Por disposición del DNU 297/2020, las personas sólo podrán
realizar desplazamientos mínimos e indispensables a los lugares más próximos
para aprovisionarse de alimentos, medicamentos y artículos de limpieza, para lo
cual no se requiere de certificados o permisos de circulación.
Control en Tandil
De 7 a 20 hs, en Tandil la circulación interna, es decir, en
el ámbito de las plantas urbana y suburbana y sin salir de las mismas, no requerirá
la presentación del certificado único de tránsito. Mientras que de 20 a 7 hs deberán presentar el correspondiente
certificado único de tránsito.
Quienes deban salir de las plantas urbanas y suburbanas, con
destino a la zona rural, a las localidades de María Ignacia o Gardey o a otro
punto del país, cualquiera sea el horario, deberán acreditar el certificado
único de tránsito correspondiente.
Control en María Ignacia y Gardey
De 7 a 20 hs, en ambas localidades, la circulación interna,
es decir, en el perímetro de cada una de ellas y sin salir de las mismas, no
requerirá la presentación del certificado único de tránsito. Mientras que de 20
a 7 hs. deberán presentar el correspondiente certificado único de tránsito.
Quienes deban salir de las localidades, con destino a la
zona rural o a la ciudad de Tandil o a otro punto del país, cualquiera sea el
horario, deberán acreditar el certificado único de tránsito correspondiente.
Certificados de tránsito para las actividades exceptuadas
Las personas que se encuentren exceptuadas del cumplimiento
del "aislamiento social, preventivo y obligatorio" y de la "prohibición de
circulación", detalladas en el artículo 6 del DNU 297/2020 y demás normativa
vigente, deberán presentar a requerimiento de la autoridad de control el
certificado único de tránsito o autorización o permiso correspondiente, según
el siguiente detalle:
Actividades exceptuadas
Existen tres tipos de actividades exceptuadas:
? Actividades esenciales.
? Actividades no esenciales.
? Permiso especial válido por 48 horas para situaciones
puntuales (los mismos incluyen: emergencia, situación imprevista, trámites
impostergables, urgencias, turnos médicos, tratamientos impostergables,
traslado de hijos e hijas).
Toda persona que necesite circular, a partir del 30 de Mayo,
deberá hacerlo con el Certificado Único Habilitante para la Circulación, que se
tramita en www.argentina.gob.ar/circular.
Este es el único certificado válido para todas las
actividades esenciales, no esenciales y el permiso especial de 48hs. Puede
presentarse impreso o electrónicamente en su teléfono celular a través de la
App "Cuidar".
Varados en Argentina
Aquellas personas que, habiendo quedadas "varadas" en el
país con motivo del aislamiento social, preventivo y obligatorio, para regresar
a su domicilio deberán obtener el certificado "regreso a casa" en la siguiente
página: www.regresoacasa.gob.gba.gob.ar
o www.regresoacasa.gob.ar
Mudanzas
Se encuentran habilitadas dentro del Partido de Tandil y
desde otras ciudades, siempre que no provengan de zona de trasmisión
comunitaria del virus, exclusivamente los días sábados o domingos.
Fuerza Mayor
Los casos de fuerza mayor, es decir, aquellos que están
motivados en circunstancias excepcionales, extraordinarias, imprevistas,
impostergables o de urgencia, como podrían ser las situaciones de salud (con o
sin turno), deberán tramitar el "Permiso Especial por 48hs" o Certificado Único
Habilitante para la Circulación en la página www.argentina.gob.ar/circular
Otros permisos especiales regulados por normas nacionales o
provinciales
Tratamientos médicos prolongados: Certificado Único
Habilitante para la Circulación en la página www.argentina.gob.ar/circular
Traslado de hijas o hijos menores: Certificado Único
Habilitante para la Circulación en la página www.argentina.gob.ar/circular
En estos casos, el permiso no tiene límite temporal. En el
caso del correspondiente a traslado de hijas o hijos menores, el mismo podrá
realizarse sólo una vez por semana.
Permisos municipales
Se mantendrá la vigencia de los permisos, autorizaciones,
registraciones o similares otorgados por el Municipio de Tandil.
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