22/09/2020
El Bloque de Concejales del Frente de Todos presentó un
proyecto de ordenanza para que trabajadores/as, trabajadoras/es sociales y
personal afectado a tareas de limpieza en centros de salud y centros
comunitarios de la salud puedan viajar gratis en el transporte público mientras
dure la emergencia sanitaria.
"Creemos que sería un pequeño reconocimiento a quienes están
en la primera línea luchando contra las consecuencias de la pandemia del COVID
-
El proyecto de ordenanza establece la creación del Programa de Accesibilidad al Servicio de Transporte Público Urbano de Pasajeros para el Personal del Sistema de Salud y Centros Comunitarios del Partido de Tandil: en caso de que se apruebe, los trabajadores podrán utilizar el servicio de transporte público urbano de pasajeros de manera gratuita con un límite de 50 boletos mensuales, no acumulativos y sin importar su cuadro tarifario, escala y/o movilidad.
EL PROYECTO DE ORDENANZA
VISTO
La situación de Emergencia Sanitaria que vive nuestra ciudad
producto de la pandemia a efectos del COVID - 19.
CONSIDERANDOS
Que a la fecha nuestra ciudad se encuentra en una delicada
situación sanitaria producto de la constante aparición de nuevos contagios en
la población, incluídos fallecimientos.
Que las y los trabajadores de la salud pública y privada, y
de los centros comunitarios de nuestra ciudad, son quienes están en la primera
línea luchando contra los efectos de la pandemia del COVID - 19.
Que a tal efecto es necesario brindar mejores condiciones de trabajo y resguardo para el desempeño de su labor.
Por todo ello el Bloque de Concejales del Frente Todos
Tandil propone el siguiente proyecto:
ORDENANZA
Artículo 1. Créase el Programa de Accesibilidad al Servicio
de Transporte Público Urbano de Pasajeros para el Personal del Sistema de Salud
y Centros Comunitarios del Partido de Tandil.
Artículo 2. El presente programa establecerá la gratuidad en
el acceso al Servicio de Transporte Público Urbano de Pasajeros.
Artículo 3. El presente beneficio tendrá vigencia mientras
dure la Emergencia Sanitaria en el Partido de Tandil.
Artículo 4. El programa estará destinado para todas aquellas
personas que trabajan en el sistema de salud de Tandil, tanto en el Sistema
Integrado de Salud Pública como en efectores privados. Estarán incluidas
también las y los trabajadores Trabajadores/as Sociales y personal de limpieza,
que a la fecha se encuentran realizando tareas en Centros de Salud y Centros
Comunitarios.
Artículo 5. El beneficio establecido en el presente programa
consistirá en la utilización gratuita del servicio de transporte público urbano
de pasajeros de hasta 50 boletos mensuales, no acumulativos, sin importar su
cuadro tarifario, escala y/o movilidad.
Artículo 6. Para acceder al beneficio las y los interesados
deberán acercarse al lugar que determine la Autoridad de Aplicación donde se
registrarán los datos con personal destinado a tal efecto.
Artículo 7. El valor de los boletos gratuitos efectivamente
utilizados serán asumidos por la Municipalidad de Tandil.
Artículo 8. El Departamento Ejecutivo reglamentará la
implementación del presente programa bajo parámetros que cumplan con el fin
social propuesto.
Artículo 9. El Departamento Ejecutivo procederá mensualmente
a elevar al Honorable Concejo Deliberante una evaluación de los resultados del
programa, y una rendición de cuentas de los gastos del mismo.
Artículo 10. De forma.
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