18/06/2021
La disposición establece que, en el caso de los cines, éstos
podrán abrir y funcionar, y también se autoriza el expendio de golosinas y
bebidas, con un aforo del 30%, en el horario de 6 a 21 horas.
Los Teatros y salas de espectáculos de centros culturales,
para el desarrollo de artes escénicas, sin expendio de comidas y bebidas, podrán
hacerlo con un aforo del 50%, también en el horario de 6 a 21 horas
En relación a eventos religiosos en espacios cerrados, se
podrán llevar a cabo con un aforo del 30%, en el horario de 6 a 20 horas
El decreto hace referencia a "las decisiones administrativas
N° 593/21 y 607/21 de la Jefatura de Gabinete de Ministros de la Nación, que estableció
la modalidad de funcionamiento de determinadas actividades" y la "Resolución N°
2241/21 de la Jefatura de Gabinete de Ministros de la Provincia de Buenos Aires,
que recepta esa modalidad en base a los parámetros del sistema de Fases
establecido por las autoridades provinciales".
"En el marco de las facultades legalmente atribuidas (arts. 5 y 123 de la Constitución Nacional, arts. 190 y cctes. de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires, arts. 1, 107, 108 y cctes. de la Ley Orgánica de las Municipalidades), reconocidas a través del art. 10 del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 297/20 y sus modificatorias, resulta necesario el dictado de este acto administrativo", añade el decreto, entre sus principales considerandos.
COMPARTE TU OPINION | DEJANOS UN COMENTARIO
Los comentarios publicados son de exclusiva responsabilidad de sus autores y las consecuencias derivadas de ellos pueden ser pasibles de sanciones legales.
23/04/2024