13 de octubre de 2021

Salarios con asistencia estatal

Salarios con asistencia estatal . Repro II: oficializan requisitos para acceder al pago

El Ministerio de Trabajo oficializó hoy los requisitos de preselección y selección para el Programa de Recuperación Productiva II (Repro II) para los salarios devengados en septiembre último. En esta oportunidad se agregaron nuevos parámetros que deberán cumplir empleadores y monotributistas para acceder al salario de septiembre.

La medida fue publicada en el Boletín Oficial esta mañana, donde se adoptan las recomendaciones formuladas por el Comité de Evaluación y Monitoreo del Programa Repro II en su acta número 11.

El Comité estableció que, para los sectores críticos y no críticos, se tomará la facturación registrada en agosto de 2019 y agosto de este año, y la diferencia debe dar como mínimo una caída de 20% en términos reales y un aumento como máximo del 70,4% en términos nominales.

En el sector de la salud se utilizará el mismo periodo de comparación, aunque la diferencia de facturación debe dar como mínimo una variación de 0% en términos reales, y como máximo un aumento de 113% en términos nominales.

En relación al Programa de Asistencia de Emergencia a Trabajadores y Trabajadoras Independientes en Sectores Críticos, la nueva disposición del Ministerio de Trabajo establece que se tomarán los mismos valores que los sectores críticos y afectados no críticos, en cuanto a la variación de la facturación, pero comparando la variación de julio de 2019 con agosto de este año.

Se mantienen los montos en $ 22.000 la asistencia para las trabajadoras y trabajadores en empresas de sectores críticos, el mismo monto que para los de salud y para el Programa de Asistencia de Emergencia a Trabajadores y Trabajadoras Independientes en Sectores Críticos, y en $ 9.000 a los no críticos afectados.

Se producirá una reducción de las empresas beneficiarias

El Comité de Evaluación y Monitoreo del Programa Repro II destacó que "a partir de la flexibilización de la mayoría de las medidas de distanciamiento social, la actividad económica y la dinámica laboral mostraron claros signos de recuperación durante julio y agosto".

Por este motivo se recomendó mantener los mismos parámetros y requisitos de aplicación de la fase de selección definidos para agosto, ya que la mejora de las condiciones generales de la mayoría de las empresas produce "una reducción de la cantidad de empresas beneficiarias", que no se relaciona con el aumento en los requerimientos establecidos para acceder al programa.

La variación de la facturación compras deberá ser menor a 70,4% para los sectores afectados críticos y no críticos (era del 72,9% en agosto) y a 113% para los efectores de salud (era del 116,1%).

¿Cuáles son los beneficios del Repro II?

El Repro II consiste en:

El pago de una suma mensual por cada relación laboral existente, incluyendo a los trabajadores con contratos de temporada. El monto del beneficio se acreditará directamente en la CBU de los trabajadores y trabajadoras de las empresas beneficiarias y dependerá de la actividad por la cual se solicite la asistencia.

Reducción del 100% de las contribuciones patronales con destino al SIPA, en el caso de los empleadores que realicen actividades afectadas en forma crítica.

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