28/01/2023

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Manazzoni: "Tenemos la mitad de la oferta, el servicio resentido y hay que resolverlo"

Con la sanción de la Ley de Alcohol 0 al volante y la falta de oferta de remis y taxi, se puso nuevamente en escena la discusión sobre la posibilidad de que el servicio de las plataformas digitales que vinculan a prestadores de viajes con los usuarios, sea una opción en Tandil.

La modificación de la Ordenanza 8113 sobre el Régimen de Remises, realizada en 2020 "que de algún modo abre la puerta, de manera ambigua, a la llegada de las plataformas con agencias o sucursal de respaldo".

En la actualización que se realizó previo a la pandemia indica: "Artículo 1º - El transporte privado de personas a través de vehículos con chofer, prestado por empresas particulares a solicitud del usuario, conocido como servicio de autos al instante, a través de redes y/o a través de plataformas electrónicas y/o servicio de remises, se regirá por la presente ordenanza y la correspondiente reglamentación".

Por su parte en el ARTÍCULO 2º establece "A los fines de la interpretación de la terminología usada en la  presente  ordenanza,  se establece: k)Transporte a través  de  Plataformas Electrónicas y/o redes: es el servicio que con base en el desarrollo de tecnologías de dispositivos móviles, utilizando  el  sistema  de  posicionamiento  global  y plataformas independientes, permite conectar a usuarios que lo demanden, punto a punto, con empresas que ofrecen dicho servicio mediante el uso de la misma aplicación,  y/o  con  los  conductores  que  tengan habilitados en su nómina para celebrar un contrato en los términos del artículo 1280 y siguientes del Código Civil y Comercial de la Nación".

Vale aclarar que también remarca que la empresa debe tener domicilio real en la ciudad de Tandil. Artículo 7: "b) En caso de personas jurídicas, entregar copia del contrato social y copia del acta en donde  designan  autoridades  y/o  representantes.  Las mismas deberán designar un representante y/o apoderado y/o encargado de negocios en la ciudad de Tandil, con residencia en la misma. c) Fijar domicilio legal y comercial en el Partido de Tandil, debiendo al menos uno de ellos coincidir con la agencia o sucursal".

VER ORDENANZA COMPLETA 8113 DEL AÑO 2000 (1) U LAS MODIFICATORIAS DE 2020 (2).

El Concejal Juan Manazzoni remarcó, "Yo no plantee mi postura a favor de las plataformas, lo que he hecho es decir que acá tenemos un problema de la mitad de lo oferta de lo que teníamos antes", en alusión a las quejas por parte de los usuarios por la problemática de conseguir servicio de movilidad durante la noche y sobre todo los fines de semana.

"Me he juntado con tres empresas de remises, con taxistas, el lunes me reúno con representantes del Sindicato de Peones de Taxi y a todos les cuentos cuál es la postura. Acá hay que visibilizar que tenemos la mitad de la oferta, el servicio resentido y hay que resolverlo, es una realidad", cerró el edil.

(1) Ordenanza 8113 sancionada en el año 2000 que habilita el funcionamiento de Agencias de remis en la ciudad de Tandil: http://www.hcdtandil.gob.ar/legislacion/Ordenanza-8113.html

(2) Modificación de la Ordenanza 8113 sancionada en 2020: http://www.hcdtandil.gob.ar/legislacion/Ordenanza-17032.html

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