28/01/2023
Locales VOLVER
Con la sanción de la Ley de Alcohol 0 al volante y la falta de oferta de remis y taxi, se puso nuevamente en escena la discusión sobre la posibilidad de que el servicio de las plataformas digitales que vinculan a prestadores de viajes con los usuarios, sea una opción en Tandil.
La modificación de la Ordenanza 8113 sobre el Régimen de
Remises, realizada en 2020 "que de algún modo abre la puerta, de manera
ambigua, a la llegada de las plataformas con agencias o sucursal de respaldo".
En la actualización que se realizó previo a la pandemia
indica: "Artículo 1º - El transporte privado de personas a través de vehículos
con chofer, prestado por empresas particulares a solicitud del usuario,
conocido como servicio de autos al instante, a través de redes y/o a través de plataformas electrónicas y/o servicio
de remises, se regirá por la presente ordenanza y la correspondiente
reglamentación".
Por su parte en el ARTÍCULO 2º establece "A los fines de la
interpretación de la terminología usada en la
presente ordenanza, se establece: k)Transporte a través de Plataformas Electrónicas y/o redes: es el
servicio que con base en el desarrollo de tecnologías de dispositivos móviles, utilizando el
sistema de posicionamiento global
y plataformas independientes, permite conectar a usuarios que lo
demanden, punto a punto, con empresas que ofrecen dicho servicio mediante el
uso de la misma aplicación, y/o con
los conductores que
tengan habilitados en su nómina para celebrar un contrato en los
términos del artículo 1280 y siguientes del Código Civil y Comercial de la
Nación".
Vale aclarar que también remarca que la empresa debe tener
domicilio real en la ciudad de Tandil. Artículo 7: "b) En caso de personas
jurídicas, entregar copia del contrato social y copia del acta en donde designan
autoridades y/o representantes. Las mismas deberán designar un representante y/o apoderado y/o encargado de
negocios en la ciudad de Tandil, con residencia en la misma. c) Fijar domicilio legal y comercial en el
Partido de Tandil, debiendo al menos uno de ellos coincidir con la agencia
o sucursal".
VER ORDENANZA COMPLETA 8113 DEL AÑO 2000 (1) U LAS
MODIFICATORIAS DE 2020 (2).
El Concejal Juan Manazzoni remarcó, "Yo no plantee mi postura
a favor de las plataformas, lo que he hecho es decir que acá tenemos un
problema de la mitad de lo oferta de lo que teníamos antes", en alusión a las
quejas por parte de los usuarios por la problemática de conseguir servicio de
movilidad durante la noche y sobre todo los fines de semana.
"Me he juntado con tres empresas de remises, con taxistas,
el lunes me reúno con representantes del Sindicato de Peones de Taxi y a todos
les cuentos cuál es la postura. Acá hay que visibilizar que tenemos la mitad de
la oferta, el servicio resentido y hay que resolverlo, es una realidad", cerró
el edil.
(1) Ordenanza 8113 sancionada en el año 2000 que habilita el
funcionamiento de Agencias de remis en la ciudad de Tandil:
http://www.hcdtandil.gob.ar/legislacion/Ordenanza-8113.html
(2) Modificación de la Ordenanza 8113 sancionada en 2020:
http://www.hcdtandil.gob.ar/legislacion/Ordenanza-17032.html
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