24/05/2023
Plazo hasta el 8 de julio VOLVER
El Juez de garantías Nº1 de Tandil, a instancias de lo solicitado por el fiscal Luis Piotti, emitió una resolución este miércoles, en la que ordena que los ocupantes del predio de Movediza, que fue tomado en febrero pasado, desalojen el lugar, en un plazo perentorio de 45 días, plazo en el que, de no cumplirse la medida, podría realizarse de manera "compulsiva". El Defensor Oficial presentó un escrito pidiendo una postergación.
La próxima instancia es la notificación formal a los
ocupantes del predio, que deberá efectuar el personal policial dentro de los
próximos siete días.
El magistrado, quien consideró acreditado que el predio es
propiedad de un particular que presentó la documentación respaldatoria, también
ratificó la medida de no innovar, que implica la prohibición de realizar
cualquier tipo de construcción, mejoras, ingresar materiales para la
construcción, mobiliario y electrodomésticos, bajo apercibimiento de incurrir
en el delito de desobediencia.
También se dispuso la "prohibición de autorizar nuevas conexiones
de suministro de energía eléctrica dentro del predio, para lo cual deberá
librarse oficio a la Usina Popular de Tandil", y la "prohibición absoluta de
ingreso de nuevos ocupantes al predio en litigio, delegando en el Ministerio
Público Fiscal, con asistencia del Ministerio de Seguridad Provincial, la
observancia del cumplimiento de esta medida como así también de la ordenada en
el punto".
Moragas trasladó la decisión a la Secretaría de Desarrollo Humano
y Hábitat del Municipio, del Asesor de Incapaces, del Servicio Local de Promoción
y Protección de los Derechos del Niño y de la Defensoría del Pueblo.
Presentación del Dr.
Diego Araujo
El Defensor Oficial, quien representa a las personas que se
encuentran llevando adelante la ocupación, solicitó una postergación del cumplimiento
de la medida de desalojo, fundamentándose en que "se comenzó a trabajar con distintas
instituciones a los fines primero, de realizar un diagnóstico de la situación de
ocupación lo más completo posible, de acuerdo a indicadores de vulnerabilidad que
fueron consensuados por todas las partes. Es así que en dichas reuniones participó
el Municipio de Tandil, la Defensoría del Pueblo de la Provincia, la Defensoría
del Pueblo de Tandil, la UNICEN, el Instituto provincial de la vivienda, la Secretaría
de Hábitat y Desarrollo humano de la Provincia de BuenosAires, así como también
la Defensoría General de Azul, y esta Defensoría penal de Tandil. Fruto de ese consenso
inicial, y más allá de las diferencias conceptuales con relación a la naturaleza
del conflicto, su origen y alcance, se realizó sobre el territorio donde se encuentra
emplazada la ocupación, un despliegue de trabajadores sociales y funcionarios, que
culminó con el trabajo que fuera presentado oportunamente ante el Sr. Juez".
El letrado sostiene en su escrito, fechado este miércoles 24
de mayo, que "se pudo visualizar la presencia de un grupo con mayores niveles de
vulnerabilidad, dadas sus características particulares (relacionadas a la minoridad,
género, situaciones de salud y pobreza estructural). Convocados nuevamente para
trabajar sobre la propuesta de profundizar la situación de estos grupos con mayores
niveles de vulnerabilidad, el Municipio de Tandil, decidió no incorporarse a dicha
mesa de trabajo, y que presentaría un informe propio (lo que así hizo) refiriendo
que actuaría sobre las familias necesitadas con posterioridad al desalojo voluntario
de las mismas". "Esta Defensa entiende que dicha actitud es una NO PROPUESTA,
conforme lo que dispone el protocolo de la SCBA. Efectivamente en el punto II.2
dicho protocolo establece como objetivo, la necesidad de prevenir el impacto ulterior
que puede generar la instrumentación de un desalojo compulsivo, brindando protección
a mujeres, niñas, niños y adolescentes, personas con discapacidad, adultos mayores
y demás personas especialmente vulnerables en un proceso en desalojo", agregó.
Araujo se mostró convencido de que "aún se puede seguir profundizando
sobre los grupos más vulnerables, visibilizados a partir del relevamiento efectuado
por las distintas organizaciones y organismos que intervinieron operativamente en
el territorio", y consideró "prudente posponer cualquier medida de desalojo, hasta
tanto se presente una propuesta concreta con relación a dichos grupos".
El juez pidió que
intervengan los mecanismos estatales
En relación a la postergación pretendida por la Defensa, el
Juez de Garantías opinó que "sin desconocer la problemática en examen y el elevado
impacto social que conlleva, someter la respuesta jurisdicción al derecho que le
asiste a la víctima una vez que se haya obtenido una "solución", de aquellas problemáticas
padecidas por quienes han tomado el inmueble, podría involuntariamente traducirse
en un mecanismo coactivo para obtener respuesta de los efectores estatales, en perjuicio
de los derechos de particulares".
En ese sentido, Moragas consideró que "el protocolo exige el
conocimiento y actuación de los Órganos del Estado que deban dar respuesta a grupos
en situación de vulnerabilidad".
En el mismo tenor, exhortó "a los responsables de las áreas pertinentes
al agotamiento de los recursos humanos y logísticos a fin de procurar una tutela
efectiva de los derechos que le asisten, en particular al grupo en situación de
vulnerabilidad y mantener la paz social".
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