16/09/2023
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La AFIP tomó la decisión tras incrementar desde octubre el mínimo no imponible de ese impuesto a una suma de 15 salarios mínimos, vitales y móviles, que actualmente equivale a $ 1.770.000.
La Administración Federal de Ingresos Público (AFIP)
incrementó los importes de la escala progresiva y dispuso la devolución de las
sumas retenidas a cuenta de la segunda cuota del aguinaldo, tras incrementar
desde octubre el mínimo no imponible del Impuesto a las Ganancias a una suma de
15 salarios mínimos, vitales y móviles, que actualmente equivale a $ 1.770.000.
La Resolución General 5417/2023 publicada este sábado en el
Boletín Oficial, complementa lo formalizado en el Decreto 473/2023 del pasado
miércoles.
Dicho decreto había indicado que el nuevo mínimo no
imponible deberá ser considerado a los efectos del cálculo de la segunda cuota
del Sueldo Anual Complementario (SAC).
La resolución de este sábado fija que, en el caso de que en
los meses trascurridos del segundo semestre de este año el valor promedio de la
remuneración no haya superado la suma equivalente a 15 salarios, mínimos,
vitales y móviles -al valor vigente al próximo 1 de octubre-, la AFIP deberá
devolver las sumas retenidas a cuenta de la segunda cuota del SAC, junto con
los haberes devengados correspondientes al mes de septiembre.
El reintegro aparecerá en los recibos de haberes con el
concepto "Devolución Decreto N° 473/23".
La normativa también incrementa los importes de la escala
progresiva.
A partir de $ 1.400.000, se deberá pagar un 9% sobre el
excedente, 12% desde $ 1.526.000, 15% desde $ 1.648.080, 19% desde $
1.763.445,60, 23% desde $ 1.869.252,34, 27% desde $ 1.962.714,95, 31% desde $
2.041.223,55; y 35% desde $ 2.102.460,26.
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