23/02/2024
Referentes de Epidemiología se reunieron con representantes de los municipios y elaboraron un comunicado que detalla los criterios de fumigación, prevención y control de vectores.
A partir de la invasión de los llamados "mosquitos de
las inundaciones" y la presencia sostenida en todo el territorio
bonaerenses de la especie Aedes aegypti, transmisor del dengue, el ministerio
de Salud de la Provincia de Buenos Aires realizó esta semana un encuentro con
referentes sanitarios de los municipios y elaboró un comunicado en el que se
explica cuáles son las medidas de prevención, control vectorial y los criterios
adecuados para emplear fumigación según el contexto epidemiológico.
En el documento, que la cartera sanitaria elaboró para los
135 municipios bonaerenses, se detalla que "actualmente y hasta el día de
la fecha, se ha confirmado en la provincia de Buenos Aires, la circulación
viral autóctona de dengue en 23 municipios, junto con la permanente detección
de casos importados" de virus dengue y de fiebre chikungunya.
En el comunicado dirigido a referentes de las Regiones
Sanitarias y secretarías de Salud municipales se explicita también que "se
suma a esta situación, la reemergencia de Encefalitis Equina del Oeste (EEO)
con casos humanos positivos vinculados a ámbitos rurales de 40
municipios". Esta enfermedad es
transmitida por el "mosquito de las inundaciones" o Aedes
albifasciatus.
Cabe señalar que las zonas donde hay mayor cantidad de casos
de dengue y las actualizaciones de EEO, se publican semanalmente en el Boletín
Epidemiológico de la provincia de Buenos Aires, disponible en
https://www.gba.gob.ar/saludprovincia/boletines_epidemiologicos
La cartera sanitaria bonaerense explicó en el comunicado
cuáles son los criterios para aplicarla. En este sentido, señala que la
fumigación "constituye una medida de control químico destinada a eliminar
mosquitos adultos que transmiten arbovirosis como dengue, zika y chikungunya
bajo un estricto interés sanitario", y agrega: "Debido a sus efectos
adversos y al impacto negativo en la biodiversidad y en particular al efecto
perjudicial que provoca en polinizadores y otras especies de insectos benéficos,
su implementación siempre debe ser regulada por autoridades sanitarias".
Cuándo fumigar
Por lo tanto, continúa el comunicado, "el ministerio de
Salud de la provincia de Buenos Aires no indica la aplicación de fumigación
como método preventivo, reservándose su uso para bloqueo de casos de dengue u
otros arbovirus y para el control de brotes".
Se aclara, asimismo, que la invasión de mosquitos Aedes
albifasciatus de los últimos días, si bien genera incomodidad y picaduras en la
población de varias ciudades bonaerenses no constituyen un riesgo sanitario.
Sólo pueden constituirlo en zonas donde se detectan casos de Encefalitis Equina
del Oeste (EEO).
Asimismo, el equipo de Epidemiología y Control de Vectores
del ministerio de Salud bonaerense explicó que las poblaciones de mosquitos se
recuperan rápidamente luego de la fumigación, por lo que cualquier acción de
control químico que se establezca, debe estar acompañada de actividades de
control focal (con aplicación de larvicidas) y de saneamiento ambiental o
descacharrado.
La eficacia de la fumigación es reducida, dado que se estima
que elimina aproximadamente un 30-40% de la población de mosquitos adultos, por
este motivo debe repetirse cada 3 a 5 días, hasta que dejen de aparecer nuevos
casos. A continuación se detallan los criterios de fumigación según el contexto
epidemiológico:
En zonas brote de dengue u otro arbovirus
En las zonas con casos aislados de dengue se recomienda el
bloqueo de cada caso sospechoso o confirmado de dengue. Esto implica fumigar en
300 metros a la redonda del domicilio del caso de modo intradomiciliario con
equipo portátil (motomochila), así como también de todos los lugares que las
personas afectadas visitaron durante el período de viremia.
Ante casos de Encefalitis Equina del Oeste (EEO) en humanos
o caballos, la fumigación se encuentra sujeta a la evaluación local de acuerdo
a las condiciones ambientales y la abundancia del vector en los predios en los
que se detectaron las personas o animales afectados.
La fumigación con insecticidas sólo debe implementarse como
una medida de control en los alrededores del establecimiento o en espacios verdes
de centros urbanos donde se alojen equinos enfermos y donde se detecte una
abundancia elevada de mosquitos para disminuir la población y, por
consecuencia, el riesgo para otros equinos o para las personas que trabajen o
vivan en las inmediaciones.En caso de decidirse utilizar dicha medida,
realizarla con permetrina al 10%.
En zonas CON brote de dengue u otro arbovirus
En las zonas con brote de dengue se requiere implementar un
conjunto de acciones de control vectorial de amplia cobertura, sosteniéndolas
en el tiempo para el logro de una mayor eficacia. En municipios cuyos barrios
presenten evidencia de circulación viral intensa, deben establecer las áreas a
tratar con rociado espacial a través de equipamiento pesado montado en vehículos.
Para la priorización de barrios, se sugiere considerar a aquellos con
Alta densidadpoblacional.
Trazado de calles que permita cumplir con la aplicación con
vehículos.
Brotes de dengue recurrentes en anteriores temporadas.
Alta movilidad o circulación de personas.
La aplicación de fumigación de modo intradomiciliario con
equipo portátil (motomochila), se reservará sólo para los sitios de difícil
acceso con vehículos.
Se debe tener presente que para que la fumigación sea
efectiva, se debe realizar en la franja horaria en la que el mosquito presenta
mayor actividad y las condiciones atmosféricas son óptimas, es decir, durante
las primeras horas de la mañana (aproximadamente de 6 a 9 horas) y en las
últimas horas de la tarde (de 18 a 21 horas).
Finalmente, el comunicado del ministerio de Salud bonaerense
para los municipios ofrece apoyo para acciones de control vectorial con
fumigación. Quienes lo requieran deben contactarsecon elDepartamento de Control
de Vectores y Plagas del ministerio a través del correo:
direcciondesaneamiento@ms.gba.gov.ar o al teléfono 0221-482-3580.
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