9 de febrero de 2026

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Nacionales. Entra en vigencia la Ley de Inocencia Fiscal: menos controles y cambios clave en evasión

La reglamentación sube hasta $1.000 millones el piso para delitos tributarios y acorta la prescripción. A quiénes alcanza, cómo se pagan los impuestos y qué beneficios penales prevé el esquema.

El Gobierno nacional reglamentó este lunes la Ley de Inocencia Fiscal y dejó formalmente en vigencia el Régimen de Declaración Jurada Simplificada, una de las principales apuestas del Ejecutivo para promover la exteriorización de dólares no registrados y redefinir el vínculo entre el Estado y los contribuyentes.

La medida quedó oficializada con la publicación del decreto reglamentario y alcanza a personas humanas y jurídicas con patrimonios de hasta $10.000 millones. El esquema reduce los controles sobre el crecimiento patrimonial y concentra la fiscalización en los ingresos facturados ante la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).

La norma introduce cambios en el Régimen Penal Tributario y en el Código Civil y Comercial. El eje central es un intercambio explícito: menor seguimiento sobre bienes y consumos a cambio de un cumplimiento estricto de la facturación y del pago del Impuesto a las Ganancias.

Cómo funciona el nuevo régimen

El punto central de la reglamentación es la creación del Régimen Simplificado de Ganancias. Quienes adhieran quedarán exceptuados de fiscalizaciones sobre variaciones patrimoniales y niveles de consumo.

ARCA liquidará el impuesto exclusivamente sobre los ingresos declarados. El incremento de bienes personales o los gastos realizados no podrán ser utilizados como indicios de evasión ni darán lugar a ajustes de oficio.

Además, el régimen incorpora un efecto liberatorio. El pago en término de la declaración confeccionada por el organismo recaudador libera al contribuyente de reclamos posteriores, salvo que se compruebe la omisión de ingresos facturados.

Nuevos umbrales penales y plazos más cortos

La ley actualiza de forma significativa los montos mínimos para que un incumplimiento tributario sea considerado delito penal. En el caso de evasión simple, el piso se eleva de $1,5 millones a $100 millones. Para la evasión agravada, el umbral pasa de $15 millones a $1.000 millones.

También se reduce el plazo de prescripción de la acción penal, que baja de cinco a tres años.

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