9 de marzo de 2026
La Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo de Mar del Plata confirmó una medida cautelar que obliga al Instituto de Obra Médico Asistencial (IOMA) a pagar más de 43 millones de pesos por una intervención quirúrgica realizada en el Sanatorio Tandil. El fallo subraya que la protección del derecho a la salud debe prevalecer sobre cualquier trámite administrativo ante situaciones de riesgo de vida.
El caso se originó a partir de la demanda de una mujer en
representación de su esposo, un afiliado obligatorio de la obra social por su
desempeño en el Ministerio de Trabajo bonaerense.
El paciente presentaba una "obstrucción aguda de ilíaca
derecha", un cuadro clínico de extrema gravedad que exigía una atención médica
inmediata y el traslado a un centro de alta complejidad.
En una primera instancia, el Juzgado en lo Criminal N°1 de
Azul había ordenado a la obra social cancelar los gastos devengados en un plazo
de 24 horas, además de garantizar la cobertura del tratamiento posterior.
Ante la apelación de IOMA, los jueces Marcelo Mora y Marcelo
Ucín ratificaron la sentencia inicial al considerar que los argumentos de la
entidad eran "meras opiniones discrepantes" que no lograban refutar
la urgencia del cuadro médico.
El tribunal enfatizó que la obligación de IOMA de brindar
prestaciones sin demoras no es una simple carga administrativa, sino un mandato
derivado de la Constitución Nacional y tratados internacionales de derechos
humanos.
Según los magistrados, en casos donde la salud está en juego, la intervención judicial es necesaria para evitar consecuencias irreparables para la vida del paciente.
(En Línea Noticias)
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