7 de mayo de 2026
El Defensor del Pueblo Adjunto bonaerense, Walter Martello, advirtió que la aprobación -sin modificaciones- del proyecto enviado al Congreso por el Gobierno nacional afectaría de manera directa e inmediata a millones de familias que hoy perciben el beneficio de Zona Fría como un derecho consagrado por ley.
"Este proyecto convierte un derecho adquirido en una
prestación condicional, sujeta a que los hogares demuestren su vulnerabilidad
socio-económica. Eso no es una reforma: es un recorte encubierto con la única
consigna de seguir alimentando un superávit fiscal artificial", expresó
Martello.
El proyecto de ley MEN-2026-137, enviado al Congreso el 4 de
mayo de 2026, propone eliminar el beneficio automático del régimen de Zona Fría
para todas las zonas incorporadas por la Ley 27.637 en 2021.
En esa dirección, miles de familias de Buenos Aires,
Córdoba, Santa Fe, Mendoza y San Luis dejarían de recibir el descuento en sus
facturas de gas.
El régimen de Zona Fría fue creado originalmente para
compensar el mayor consumo de gas en regiones de severa rigurosidad climática:
la Patagonia, el Departamento de Malargüe en Mendoza y la Puna. En 2021, la Ley
27.637 extendió este beneficio a más de 230 departamentos en 14 provincias,
incorporando zonas que hasta entonces no estaban cubiertas.
Este beneficio consiste en un descuento del 30% general y
del 50% para usuarios vulnerables sobre el componente gas de la factura.
El proyecto deroga los artículos centrales de la Ley 27.637
y redefine el objeto del Fondo Fiduciario para Subsidios de Gas.
En lo esencial:
-El subsidio automático queda reservado exclusivamente para
la Patagonia, Malargüe y la Puna.
-El resto de las zonas incorporadas en 2021 solo podrán
acceder al beneficio si el hogar está inscripto en el régimen de Subsidios
Energéticos Focalizados (SEF): ingresos familiares inferiores a 3 Canastas
Básicas Totales, titular de ReNaBaP o pensión de ex combatientes.
-La cuantía del beneficio para los usuarios del SEF no está
fijada en la ley: queda librada a la reglamentación del Poder Ejecutivo.
Perderían el beneficio automático más de 3.365.000 usuarios
en las siguientes jurisdicciones:
-Provincia de Buenos Aires (Costa Atlántica y 77 municipios
del interior, entre ellos, Tandil): pierde beneficio automático
-Centro y sur de Córdoba: pierde beneficio automático.
-Sur de Santa Fe: pierde beneficio automático.
-Mendoza (excepto Malargüe): pierde beneficio automático.
-San Luis (casi la totalidad): pierde beneficio automático.
-San Juan: pierde beneficio automático.
-La Rioja: pierde beneficio automático.
-Catamarca: pierde beneficio automático.
-Salta: pierde beneficio automático.
-Jujuy: pierde beneficio automático.
Martello también señaló que el proyecto tiene un problema
jurídico de fondo: delega en el Poder Ejecutivo la determinación de la cuantía
del subsidio para los usuarios del SEF, sin fijar ningún criterio en la ley.
Eso viola el principio de determinación tarifaria por ley
que rige los servicios públicos concesionados en Argentina y expone a los
usuarios a una incertidumbre que el Estado no puede trasladar a los más
débiles.
Asimismo, el Defensor del Pueblo Adjunto bonaerense instó al
Congreso a rechazar los artículos del proyecto que eliminan el beneficio
universal para las zonas ampliadas.
Además, exigió que cualquier reforma del régimen establezca,
en el propio texto de la ley, los montos mínimos del beneficio, los criterios
de inclusión y los organismos de control competentes.
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