13 de agosto de 2026
La Suprema Corte bonaerense habilitó a CARBAP, AACREA y CASAFE a intervenir como Amigos del Tribunal - amicus curiae- en las causas que cuestionan las regulaciones sobre fitosanitarios de los municipios de Tandil y Rauch.
En ese marco, el máximo tribunal provincial consideró que las causas tienen una "evidente trascendencia colectiva" y abrió un plazo de 30 días para que las entidades incorporen argumentos jurídicos, técnicos y científicos antes de avanzar sobre las medidas cautelares.
El aval a la participación del sector agropecuario no
implica que la Corte haya resuelto a favor de las entidades ni que haya
levantado las restricciones vigentes. Por el contrario, el tribunal decidió
postergar el tratamiento de las cautelares y mantener las medidas precautelares
dictadas a fines de 2025.
Ambientalistas,
municipios y agro, en una misma disputa
Las causas se iniciaron a partir de una presentación de la
organización ambientalista Defensores Ambientales de la Cuenca del Chapaleofú,
que planteó ante la Justicia la presunta afectación ambiental derivada de las
regulaciones sobre el uso de fitosanitarios en Tandil y Rauch.
La entidad sostuvo que ambas localidades forman parte de un
"sistema ecológico hidrosocial indivisible" y advirtió sobre una posible
contaminación que, según su planteo, podría representar una amenaza para los
recursos hídricos y los balnearios de Rauch y María Ignacia Vela, localidad
rural de Tandil.
Los municipios, en tanto, son las partes demandadas y vienen
defendiendo ante la Justicia las normas aprobadas por sus respectivos concejos
deliberantes. En el caso de Tandil, desde el Ejecutivo municipal sostienen que
la ordenanza sancionada en 2021 contempla las características particulares del
territorio y de la producción local y establece restricciones específicas para
las aplicaciones aéreas y terrestres.
"Sería un retroceso volver a esa ley (por la provincial
de1991). La ordenanza que se votó en Tandil en 2021 es superadora, adaptada al
contexto geográfico/productivo y plantea restricciones con metros o kilómetros
tanto para aplicaciones aéreas como terrestres", había explicado a este medio
tiempo atrás una fuente del municipio.
Así, la discusión judicial tiene tres actores centrales: las
organizaciones ambientalistas que impulsaron el reclamo, los municipios que
defienden sus regulaciones y el sector agropecuario, que ahora consiguió
intervenir formalmente en los expedientes.
Qué resolvió la Corte
Las dos resoluciones del máximo tribunal provincial tienen
una estructura prácticamente idéntica. En la causa I-81.039, vinculada con
Tandil, la Corte aceptó el pedido de la Asociación Argentina de Consorcios
Regionales de Experimentación Agrícola (AACREA), la Confederación de
Asociaciones Rurales de Buenos Aires y La Pampa (CARBAP) y la Cámara de Sanidad
Agropecuaria y Fertilizantes (CASAFE).
El expediente cuestiona los artículos 5, 6 y 8 de la
Ordenanza Municipal 17.404. En Rauch, expediente I-80.448, las mismas tres
entidades fueron habilitadas para intervenir en una causa que discute los
artículos 16 y 18 de la Ordenanza 850/12.
Las organizaciones tendrán 30 días desde su notificación
para revisar las actuaciones, obtener copias y presentar sus opiniones
fundadas. La participación está encuadrada en la Ley provincial 14.736 y el
Acuerdo 3977/20, que regulan la figura de los Amigos del Tribunal.
El dato que explica la decisión de la Corte es el alcance
que el propio tribunal le asignó a los conflictos. En el caso de Tandil,
sostuvo que la controversia alberga una "evidente trascendencia colectiva",
mientras que en Rauch consideró que el objeto debatido "excede largamente el
interés individual de las partes y reviste trascendencia colectiva e interés
general".
La Corte también señaló que la decisión que adopte puede
producir efectos sobre "un universo indeterminado de personas y sobre amplias
zonas de la comuna". De esta manera, el tribunal abrió la discusión a aportes
externos en una cuestión que cruza regulación municipal, producción
agropecuaria, ambiente y uso de fitosanitarios.
Las cautelares siguen
vigentes
El ingreso de las entidades del agro al expediente no
modificó, por ahora, las restricciones que ya había impuesto la Justicia.
En diciembre de 2025, la Suprema Corte había dictado medidas
precautelares que suspendieron parcialmente las normas de Tandil y Rauch
vinculadas con las distancias para realizar aplicaciones de productos
fitosanitarios en cercanías de cursos de agua.
En Rauch quedó alcanzado el artículo 18 de la Ordenanza
850/12, mientras que en Tandil la suspensión comprendió el artículo 8 de la
Ordenanza 17.404. En esos aspectos, la Corte había considerado, en esta etapa
preliminar, que las disposiciones podían representar un riesgo para el recurso
hídrico.
La resolución más reciente dejó expresamente establecido que
esas medidas precautelares continúan vigentes con los alcances fijados en
diciembre. Al mismo tiempo, el tribunal decidió postergar el tratamiento de las
medidas cautelares solicitadas por los actores hasta que finalice el plazo
otorgado a los Amigos del Tribunal.
En los puntos alcanzados por la suspensión, continúa
aplicándose de manera interina el marco provincial establecido por la Ley
10.699 y su Decreto Reglamentario 499/91.
Por eso, la decisión de ahora no significa que la Corte haya
declarado inconstitucionales las ordenanzas municipales ni que haya avalado
definitivamente la posición del sector agropecuario. La cuestión de fondo
continúa abierta y las restricciones precautelares siguen vigentes.
La estrategia del
agro frente a las ordenanzas
La participación de las entidades rurales ante la Corte se
inscribe en una preocupación que el sector agropecuario viene expresando por la
proliferación de regulaciones municipales sobre el uso de fitosanitarios y la
falta de una ley provincial común que regule de forma homogénea la actividad.
El presidente de CARBAP, Pablo Ginestet, había planteado
recientemente a NewsDigitales que las ordenanzas impulsadas por distintos
municipios generan cada vez más dificultades para los productores y reclamó que
las decisiones políticas se apoyen en evidencia científica.
"Estas ordenanzas que se han ido haciendo en los municipios
cada vez generan más problemas", sostuvo Ginestet. Y agregó que la discusión
"tiene a la ciencia detrás", al considerar que los fitosanitarios utilizados
bajo las condiciones correspondientes no deberían representar riesgos para la
salud.
"Lo tiene que resolver claramente la política basándose en
la ciencia", afirmó el dirigente rural.
La preocupación también había sido expresada dentro de
CARBAP por el exprotesorero Santo Rosati, quien durante una reunión zonal en
Mar del Plata en febrero había anticipado que la entidad se estaba asesorando
jurídicamente para acompañar a productores frente a este tipo de conflictos.
Ahora, esa estrategia tuvo un primer reconocimiento formal
dentro de los expedientes de Tandil y Rauch: la Suprema Corte aceptó que las
entidades agropecuarias participen del debate y aporten elementos técnicos,
científicos y jurídicos.
Un debate que puede
marcar otros conflictos
El caso se suma a otros procesos judiciales que pusieron
bajo la lupa la utilización de fitosanitarios en la provincia. Entre ellos
aparece el antecedente de Pergamino, donde siete productores fueron absueltos
en el juicio por presunta contaminación, mientras que dos exfuncionarios fueron
condenados por incumplimiento de los deberes de funcionario público, en
relación con los controles que debían realizar.
Se trata de procesos diferentes, pero que confluyen en una
discusión que atraviesa cada vez más municipios bonaerenses: hasta dónde pueden
avanzar los gobiernos locales en la regulación de los fitosanitarios, qué
respaldo científico deben tener esas restricciones y cómo se compatibilizan las
demandas ambientales con la actividad productiva.
En Tandil y Rauch, la Suprema Corte todavía no dio esa
respuesta. Por ahora, hizo algo más acotado pero significativo: abrió
formalmente el debate judicial al sector agropecuario, mientras mantiene
vigentes las restricciones que habían sido cuestionadas por las organizaciones
ambientalistas.
(Sergio Di Pino para News Digitales)
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