12/09/2024
La AFA sigue dando pelea en la batalla contra las
Sociedades Anónimas Deportivas (SAD). En este caso, la Asociación que preside
Claudio 'Chiqui' Tapia publicó un comunicado en el que da a conocer las
resoluciones de la FIFA y la Conmebol sobre la decisión del Gobierno de Javier
Milei de imponer la aceptación de las Sociedades Anónimas en el fútbol
argentino.
El escrito se titula "Nuestras selecciones y un serio
peligro a la vista" y asegura que la federación argentina podría sufrir la
desafiliación de la FIFA en caso de que el Poder Ejecutivo intervenga en la
política interna del organismo para modificar el estatuto.
"La Asociación del Fútbol Argentino comunica que ante el
dictado por parte del poder ejecutivo de los DNU 70/23 (reglamentado luego por
el Decreto 730/24), por medio de los cuales se pretende obligar a esta Casa a
cambiar su estatuto a fin de permitir el ingreso de sociedades anónimas como
miembros de la misma, la Gerencia de Legales a cargo del Dr. Andrés Paton Urich
elevó a principio del mes de agosto una consulta jurídica a FIFA y CONMEBOL a
fin de establecer si dicha norma no resultaba violatoria de sus estatutos en
relación a la independencia de las federaciones que deben manejar sus asuntos
internos sin la injerencia de terceros", comienza el comunicado.
Luego, se detalla la respuesta de ambos entes. "En
atención a lo considerado en los apartados cuarto y quinto, entendemos que las
federaciones miembros de la FIFA - y en este caso la AFA - deben gozar de la
autonomía suficiente para determinar de manera libre y democrática la
naturaleza jurídica de los clubes que participen en sus competiciones
nacionales", informaron desde la FIFA y agregaron: "La AFA, y solo la AFA,
resulta, a la vista del marco jurídico de la FIFA, la única entidad competente
para decidir, a través de sus órganos legítimos de gobierno asociativo, los
aspectos relativos a la naturaleza jurídica de los clubes afiliados a la
misma".
El caso de Brasil y la advertencia de la FIFA a la
intervención del estado
El 26 de diciembre del año pasado, el Gobierno brasileño
destituyó de su cargo a Ednaldo Rodrigues, presidente de la Confederación
Brasileña de Fútbol (CBF). Esto fue un llamado de atención a la FIFA que
amenazó al fútbol de ese país con dejar afuera a su Selección de las
competencias internacionales.
La FIFA envió una carta a través del presidente de sus
asociaciones miembro, el francés Kenny Jean Marie, a la que suscribió la
paraguaya Monserrat Jiménez Granda, secretaria general adjunta de la Conmebol.
Allí indicaban que no tolerarían la injerencia estatal en
los manejos de sus asociaciones miembro y no dudarán en desafiliar a Brasil de
todas sus competiciones si no se reponía a Ednaldo Rodrigues como presidente de
la Confederación Brasileña de Fútbol (CBF).
Finalmente, la Justicia de ese país ordenó reponer a
Rodrigues en el cargo, en medio de amenazas de la FIFA de aplicar sanciones
contra el fútbol brasileño, y todo volvió a la normalidad.
El caso de Mali
Por un caso similar, la FIFA suspendió recientemente como
asociada a la Federación de fútbol de Malí tras considerar una "indebida
interferencia" del gobierno de ese país, después de que el Ministro de Deportes
disolviera el comité ejecutivo de la entidad y nombrara un "comité provisional"
para gestionar la asociación y disponer la elección de nueva junta directiva,
pese a las advertencias.
El comunicado completo de la AFA
La Asociación del Fútbol Argentino comunica que ante el
dictado por parte del poder ejecutivo de los DNU 70/23 (reglamentado luego por
el Decreto 730/24), por medio de los cuales se pretende obligar a esta Casa a
cambiar su estatuto a fin de permitir el ingreso de sociedades anónimas como
miembros de la misma, la Gerencia de Legales a cargo del Dr. Andrés Paton Urich
elevó a principio del mes de agosto una consulta jurídica a FIFA y CONMEBOL a
fin de establecer si dicha norma no resultaba violatoria de sus estatutos en
relación a la independencia de las federaciones que deben manejar sus asuntos
internos sin la injerencia de terceros.
Con fecha 2 de septiembre de 2024, la FIFA a través de su
Director Legal y de Cumplimiento, Dr. Emilio García Silvero ha emitido su
dictamen manifestando en sus puntos más relevantes que, "En atención a lo
considerado en los apartados cuarto y quinto, entendemos que las federaciones
miembros de la FIFA - y en este caso la AFA - deben gozar de la autonomía
suficiente para determinar de manera libre y democrática la naturaleza jurídica
de los clubes que participen en sus competiciones nacionales. La AFA, y solo la
AFA, resulta, a la vista del marco jurídico de la FIFA, la única entidad
competente para decidir, a través de sus órganos legítimos de gobierno
asociativo, los aspectos relativos a la naturaleza jurídica de los clubes
afiliados a la misma."
Asimismo, concluyó que, "Corresponde a la AFA, sin
intervención estatal alguna, decidir democráticamente si sus clubes afiliados
deben de retener la naturaleza jurídica de asociaciones civiles de manera
obligatoria -como es el caso actual, cf. artículo 10 (2) Estatutos de la AFA-,
transformarse en Sociedades Anónimas Deportivas u optar por un modelo
diferente. Cualquier otra decisión al respecto que no proceda de los órganos de
gobierno de la AFA en uso de su autonomía entraría en conflicto con el artículo
19 (1) de los Estatutos de la FIFA, suponiendo igualmente un incumplimiento de
lo dispuesto en el artículo 14 (1) (i) del mismo texto estatutario."
Por su parte, con fecha 21 de Agosto, la CONMEBOL a
través de su Directora Jurídica Dra. Monserrat Jimenez, manifestó que, "a
nuestro criterio establecer la obligacio?n de incluir a los clubes que se
transforman en SAD como miembros de la Asociacio?n del Fu?tbol Argentino (AFA)
constituye una flagrante intromisio?n y una injerencia arbitraria por parte del
Estado, ya que despoja a una asociacio?n civil privada de la facultad de
decidir con autonomi?a acerca de su re?gimen de gobernanza, su gestio?n y sus
intereses."
En idéntico sentido, concluyo que: "El destino de una
Asociacio?n depende de sus miembros y fueron ellos quienes en cumplimiento de
los Estatutos optaron por la no inclusio?n de clubes bajo la estructura
juri?dica de las SAD. De esta forma, resulta totalmente inconstitucional,
arbitrario y contrario a los DDHH que una ley exija a la AFA la inclusio?n de un
miembro que no cumple con sus para?metros y fines. Es igualmente
inconstitucional, arbitrario y contrario a los DDHH compelir a esta asociación
civil privada a cambiar sus estatutos sociales. "
Por todo lo expuesto, a fin de evitar cualquier tipo de
consecuencia o sanción por parte de FIFA (que abarca hasta una desafiliación)
continuaremos defendiendo los derechos de la Asociación del Fútbol Argentino
como hemos efectuado en el marco de las actuaciones caratuladas AFA C/Estado
Nacional S/Acción Mere Declarativa de Inconstitucionalidad" en la cual hace uno
días el Juez interviniente ordenó la suspensión de los artículos 335 y 345 del
DNU 70/23 y de los art 2 y 5 del Decreto Reglamentario.
Se acompañan al presente la solicitud efectuada por AFA y
sus correspondientes respuestas por parte de FIFA y CONMEBOL.
COMPARTE TU OPINION | DEJANOS UN COMENTARIO
Los comentarios publicados son de exclusiva responsabilidad de sus autores y las consecuencias derivadas de ellos pueden ser pasibles de sanciones legales.
04/10/2024
En diciembre subirá a 53.000 pesos y febrero, 63.463 pesos. leer mas
04/10/2024
No le alcanza con los fuertísimos incrementos de 2024 y va por más. leer mas
04/10/2024
Recorrida por las distintas plantas productivas de las empresas involucradas. leer mas
04/10/2024
Lo midió la Asociación de Fábricas de Automotores ADEFA. leer mas
04/10/2024
04/10/2024