8 de noviembre de 2024

Dictamen del Ministerio de Trabajo

Dictamen del Ministerio de Trabajo. ATE "se encuentra habilitada para participar de la mesa de negociación colectiva" en Tandil

A través de un dictamen emitido ayer, el Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires determinó que la Asociación Trabajadores del Estado (ATE) se encuentra habilitada para participar en la negociación colectiva de las y los trabajadores municipales de Tandil.

Asimismo, insta al Municipio a "acompañar un listado claro y
detallado de trabajadores, correctamente identificados por sindicato, con la
aclaración de su situación de revista" y no un simple número representativo.
Además, se solicita un listado de "todos los gremios que representan a los
trabajadores en el Municipio y en todas sus áreas, detallando si cuentan con
personería gremial, nómina de autoridades, domicilio, número de trabajadores
cotizantes en cada gremio, federaciones a las que estén adheridos (si
corresponde) y el porcentaje de afiliados de cada entidad gremial de primer y
segundo grado en relación con el total de trabajadores"



Por otro lado, y como punto central del dictamen, el
Ministerio de Trabajo Bonaerense, sostiene que no se ha podido demostrar que la
Asociación de Trabajadores del Estado carezca de representación, basándose en
la cantidad de afiliados informada por el Municipio y en la personería gremial
que ostenta el sindicato. Este respaldo otorga a ATE la legalidad para
participar con plena representación de la mesa paritaria de los trabajadores
municipales de Tandil. "Por lo expuesto, y hasta tanto la documentación
aportada por la entidad municipal no acredite de manera fehaciente la exclusión
de ATE por incumplimiento de requisitos legales, dicha entidad sindical se
encuentra habilitada para participar de la mesa de negociación colectiva.
Asimismo, conforme a lo establecido en los artículos 42 de la Ley 10.149 y 7°
del Anexo de la Ley 12.415, se deberá intimar nuevamente al Municipio a aportar
la documentación mencionada anteriormente, bajo apercibimiento de considerar su
conducta obstructiva a la labor de este organismo, en línea con lo dispuesto en
los artículos 45 de la Ley 10.149 y 8° del Anexo de la Ley 12.415. Todo ello
con la finalidad de verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos en
el artículo 52 de la Ley N° 14.656."



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mso-bidi-theme-font:minor-bidi;mso-ansi-language:ES-AR;mso-fareast-language:
EN-US;mso-bidi-language:AR-SA">El dictamen, firmado por la Directora de
Coordinación de la Negociación Colectiva Municipal del Ministerio de Trabajo
Bonaerense, Macarena Kunkel Fioramonti, solicita la nómina de afiliados de
todos los sindicatos, con el objetivo de definir el número de paritarios que
integrarán las mesas de discusión salarial en adelante. A partir de este
dictamen, se deberá establecer una lógica ordenada para definir la cantidad de
representantes sindicales de cada gremio en la negociación colectiva del
Municipio de Tandil y en el total de las discusiones que de ella se deriven.

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