12 de agosto de 2020
Invitado por el Colegio de Abogados del Departamento
Judicial de Azul, el Dr. Diego Guirado (UNL) brindará mañana, desde las 15, vía
streaming, el curso virtual denominado "Estado actual de la jurisprudencia en
torno a la prohibición temporal de despedir", una temática de notable
actualidad en la agenda impuesta por la pandemia de COVID 19.
La propuesta forma parte de los cursos virtuales y gratuitos
para matriculadas y matriculados que el Colegio de Abogados Departamental ha
diseñado para agosto, subrayando el compromiso con la actualización del perfil
profesional de sus integrantes, con temas de interés comunitario.
Gastón Argeri, presidente de la institución, reiteró la
importancia de apostar a la permanente actualización a partir de la
virtualidad, un insumo que ha vuelto ágil y cotidiano el intercambio en el
extenso territorio del Departamento Judicial. "La irrupción del nuevo contexto
impuesto por la pandemia nos indujo a repensar las prácticas profesionales, las
vías de comunicación y, por supuesto, hacer foco en las problemáticas que
trajeron aparejadas nueva jurisprudencia en determinadas materias del Derecho,
como es el caso del derecho laboral, donde quedaron expuestas las condiciones
imperantes y las consecuencias de una situación que obligó a revisar varios
aspectos claves", sostuvo.
Por su parte, Guirado adelantó algunos puntos del análisis
que brindará durante el curso, acerca del mundo del trabajo, y algunos de los
términos que lo rigen, en tiempos de pandemia.
¿Qué relevancia adquiere el derecho laboral, en este
escenario inédito para el universo del trabajo?
Creo que hay varios emergentes interesantes en este
contexto: uno de los puntos a destacar es que salió a la luz -tal como lo
reflejan los presentes jurisprudenciales- el rol protectorio del derecho del
trabajo. Tomó relevancia decisiva y así lo entendieron los jueces y juezas que
tuvieron que resolver en este contexto y que interpretaron de manera inmediata
el peligro en la demora, haciendo alusión a los considerandos del DNU 329 que
precisamente le otorga un marco a esta situación de crisis y vuelve a traer a
discusión los fallos de la Corte Suprema de la Nación, de los estados
internacionales y lo dicho por la OIT (Organización Internacional del Trabajo)
a raíz de esta situación excepcional.
Si tengo que destacar algo de esta situación excepcional es,
justamente, cómo volvió a la luz, a su plena vigencia el principio protectorio
respecto del trabajador y cómo quedó en evidencia, al mismo tiempo, la
desprotección que tienen estos en situaciones de crisis como la actual.
En relación a lo anterior, ¿hay jurisprudencia reciente y
sobre qué aspectos novedosos del derecho laboral se ha construido?
En algunas jurisdicciones como CABA o provincia de Buenos
Aires se pudo apreciar claramente cómo se accedió al reclamo y se fue
directamente al núcleo del problema, es decir, a garantizar la subsistencia y
mantenimiento de la relación laboral. Pero también, se ha podido apreciar cómo
se decidieron cuestiones respecto al período de prueba, o en relación a
despidos que no cumplían con los requisitos del artículo 243 (el despido debe
comunicarse por escrito con expresión clara de los motivos) y además cómo se tuvieron
en cuenta específicamente situaciones vinculadas a las cuestiones de género,
sobre todo en el caso de las licencias de trabajadoras de servicios esenciales,
de lo cual contamos con dos casos a partir de los cuales el sistema, en
situaciones extraordinarias, tuvo que contemplar esas particularidades y
otorgar licencias. Ante esta crisis, diversos institutos adquirieron una
especial relevancia y hubo que debatir los fundamentos, orígenes y
diferenciaciones, a raíz de las nuevas perspectivas que generó este escenario.
¿Cuáles fueron los cambios más importantes en el derecho
laboral (nacional e internacional) que impuso esta contingencia inédita y cómo
impactó en esa especialización?
Una de las cuestiones más relevantes es la vinculada a
trabajadores exceptuados y esenciales, sobre todo en trabajadores de la salud,
luego de las resoluciones del Ministerio de Trabajo donde, justamente, sacaba
de servicio a aquellas figuras no laborables (locación de servicios, médicos
residentes, becas, pasantías) como fue el caso de la Resolución 207 y luego de
la Resolución 279, en las cuales consta que no obstante no haber una relación
de dependencia se los insta a seguir prestando tareas, quedando de manifiesto
la existencia de una relación laboral y, ante una situación de crisis, la
necesidad de proteger a esas personas y de invocar su presentación a prestar
servicios. En relación a lo antedicho, se cuenta con dos fallos de la Corte
Suprema respecto a dos médicos en los que se deja constancia de que no había
relación laboral pero que, en un contexto de crisis, son muy necesarios y es
necesario promover una regulación más protectoria y específica, porque están en
la línea de fuego respecto de la enfermedad y hay toda una sociedad que depende
de esos trabajadores esenciales.
Más cursos para agendar
Martes 18, a las 15: "Restitución internacional de niños,
niñas y adolescentes", a cargo de María Andrea Esparza.
Miércoles 19, a las 17:30: "Cómo calcular la legítima", a
cargo de Gonzalo Pérez Pejcic (en forma conjunta con CIJUSO)
Jueves 20, a las 15: "Capacitación en uso de Microsoft Teams
para audiencias virtuales", a cargo de Gabriel Franchini
Viernes 21, a las 15: "Hecho y derecho del paisaje"", a
cargo de Claudio Morel
Martes 25 y jueves 27, a las 15: Curso de Actualización
Pericial Calígrafa", a cargo de Walter Ledesma y Andrés Peronccini.
Los interesados e interesadas en solicitar mayor información
e inscribirse podrán enviar mail a biblioteca@colegioabogadosazul.org.ar.
Los cursos son no arancelados para matriculados y
matriculadas del C.A.A.
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