23 de junio de 2008

Locales

Locales. Ley de talles: el FPV quiere que la comuna controle su cumplimiento

El bloque de concejales del Frente para la Victoria reflotó un nuevo proyecto tendiente a que la comuna se haga cargo de supervisar el cumplimiento en las tiendas de la denominada “Ley de Talles”, que obliga a todos los locales de ropa a tener los talles correspondientes a las medidas antropomórficas, principalmente de las mujeres.
La propuesta, que cuenta con varios antecedentes en el Concejo Deliberante pero sin resultados fructíferos, tiende a que esa normativa que las asociaciones que luchan contra la bulimia y la anorexia celebraran allá por diciembre de 2005, sea respetada en las pilcherías de Tandil.
Precisamente, desde el kirchnerismo local pretenden que el Ejecutivo designe personal para controlar en los negocios del rubro si los propietarios ponen a disposición del cliente prendas de las diferentes medidas.
El proyecto, que entró a la Comisión de Interpretación y Asuntos Legales del HCD, será sometido a debate de sus integrantes.
Marina Santos (UCR), presidenta de la comisión, explicó a LA VOZ su tesitura en torno al problema, y opinó –ley en mano- que debe ser la Oficina Municipal de Información al Consumidor, con sede en Chacabuco al 300, la que reciba denuncias de los vecinos que señalen a tal o cual tienda que no cuente con los talles exigidos.
“En la OMIC no hubo denuncias”, refirió para sostener que la reglamentación de la ley es difusa en cuanto a las autoridades que deben controlar su puesta en marcha. De todas maneras –sostuvo desde el oficialismo- “pediremos un informe al Ejecutivo para que nos indique si existen agentes ya dispuestos para tal fin”.
Los conceptos “poco claros” en cuanto a la aplicabilidad, en este sentido, añaden confusión en torno a si algún área de la comuna debe sacar inspectores a las calles para hacer cumplir la Ley de Talles.
Santos también recordó que la ex-edil Cristina Faroppa presentó un proyecto de similares características.

MÁS FLEXIBLE
Cabe señalar que la reglamentación, en principio, exigía que cada comercio textil tenga una gama amplia de tamaños de ropa, que va del 38 al 48, con su correspondiente etiqueta de identificación en vez de los clásicos S, M y L.
Sin embargo, las cámaras empresariales no tardaron en reaccionar judicialmente apelando a recursos de amparo que, por ejemplo en Mar del Plata, dejó sin efecto la medida.
Con todo, tiempo después, esta legislación que prevé sanciones económicas para los comerciantes infractores, sufrió modificaciones. El propio Ministerio de la Producción de la Provincia de Buenos Aires analizó por pedido de las cámaras las dificultades de aplicación de la Ley de Talles.
Así fue que se flexibilizó, y en el artículo 1, se estableció que ahora las medidas a considerar serán las del cuerpo y no de la prenda.
El artículo 6, en tanto, deja aclarada la no necesidad de tener stock de todos los talles y los colores, sino que con respetar la línea de producción de un artículo determinado, la variación de talles se cumple con la existencia de distintos colores.
Además, la nueva reglamentación exceptúa del cumplimiento a los saldos de temporadas anteriores, segunda selección, liquidación de final de temporada y/o por cierre, temas que tanta preocupación generaron a los empresarios ante la imposibilidad de mantener stocks fuera de tiempo.
También quedaron totalmente liberados del cumplimiento de la Ley de Talles los comercios de tipo oulet, en tanto que quienes se dediquen a la indumentaria de mujeres adolescentes con características especiales están exceptuados de la obligatoriedad de stock pero no de la normalización de talles y sus respetivos pictogramas.

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