17 de marzo de 2020

Locales

Locales. Anses solicita que la población de riesgo no concurra a las oficinas

Desde ayer y hasta el día 15 de abril del año 2020, las áreas de atención al público de ANSES contarán con un esquema reducido de atención al público.

La Administración Nacional de la Seguridad Social modificó el esquema de atención al público en el marco de la pandemia de Coronavirus Covid-19 declarada por la Organización Mundial de la Salud (OMS). La resolución del organismo previsional busca resguardar a los beneficiarios que en su gran mayoría forman parte de la población de riesgo a la que se le recomienda mantener cuarentena en sus domicilios. A través de la Resolución Nº 07/20 la ANSES estableció que la mayoría de los trámites pasarán a ser turnados incorporándose para ello en la página web de ANSES un botón identificado como Turno Excepcional (https://tramitesweb.anses.gob.ar/js/turnos/#/turnos) para todos los siguientes trámites: 1. Poderes. 2. Acreditación y Modificación de Datos Personales. 3. Acreditación Grupo Familiar Madres de 7 Hijos. 4. Aplicación Tarifa Social Transporte. 5. Generación Clave de Seguridad Social. 6. Empadronamiento Obra Social (CODEM). 7. Haberes Impagos de Beneficiarios. 8. Entrega Certificado Vivienda Familiar (RENABAP). 9. Supervivencia de Residentes en el Extranjero. 10. Resolución SSS 56/97. 11. Declaración Ausencia y Reingreso del País. 12. Maternidad SDM. 13. Desempleo (Suspensión y Bajas). 14. Registración de Abogados. 15. Consulta de Beneficios Retenidos. 16. Recepción de Oficios Judiciales. 17. Actuación DDJJ Salud Decreto 300/97. Por otra parte, se informa que a partir de la entrada en vigencia de esa resolución los trámites de presentación de Libreta, Certificado Escolar e inscripción en Progresar deberá realizarse exclusivamente a través de Mi ANSES hasta tanto finalice el período de contingencia.

 Asimismo el organismo ha trasladado todos los turnos de inicio comprendidos entre el 17 y el 31 de marzo para ser atendidos con posterioridad al 17 de abril y no se han asignado nuevos turnos en ese sector. 

Por otra parte, ANSES prevé lanzar próximamente un sistema tecnológico ágil, seguro, efectivo, confiable y sencillo que utiliza herramientas biométricas que permiten la verificación de identidad por medio de fotografía de rostro en el marco de un Convenio suscripto con RENAPER que los bancos podrán utilizar para tal fin.

Se recuerda a las entidades que deberá proveerse sin cargo una tarjeta magnética al titular de la cuenta de la seguridad social y a su apoderado para percibir, que le permita operar en los cajeros automáticos y realizar las demás operaciones bancarias.

El cumplimiento de las medidas detalladas coadyuvará a minimizar la circulación del virus y a mitigar la pandemia declarada, según el mensaje del Poder Ejecutivo Nacional tendiente a incentivar la toma de conciencia de la situación de emergencia.

BONO EXTRAORDINARIO POR LA EMERGENCIA

En el marco de las excepcionales medidas sanitarias, laborales y económicas decretadas por el Gobierno Nacional, ANSES otorgará un bono extraordinario que alcanzará a un total de 9.006.044 millones de jubilados, pensionados y beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo (AUH). 

La medida, que busca sostener una vez más a los segmentos más vulnerables y frágiles frente al ataque del COVID-19, implicará el pago de una asignación adicional para quienes perciben la AUH y un bono extraordinario de hasta 3.000 pesos para los jubilados y pensionados que cobran los haberes más bajos del sistema previsional, hasta un máximo incluido el bono de 18.892 pesos.

Cabe aclarar, que el bono de AUH será cobrado, al igual que lo que ocurrió en diciembre pasado, por todos los titulares de la AUH, la Asignación por Embarazo, por zona diferencial y de AUH por hijo con discapacidad.

El subsidio extraordinario para jubilados y pensionados será liquidado por un monto máximo de 3.000 pesos en el mes de abril de 2020, a quienes perciban un único beneficio.

Créditos ANSES

Complementariamente a esta medida, ANSES también ha decidido extender por dos meses más, abril y mayo, el período de gracia para el pago de las cuotas de los créditos concedidos por el organismo a sus afiliados esta medida alcanza a 8.836.433 millones de beneficiarios. De esta manera, el período de gracia que se inició el 1 de enero pasado y que debía finalizar el próximo 31 de marzo, se ampliará ahora hasta el 31 de mayo.

COBRO A TRAVÉS DE APODERADOS

La ANSES informa que, de acuerdo con la Ley N° 17.040, los titulares de jubilaciones y pensiones que tengan designada a una persona, familiar o no, como "Apoderado para Percibir", podrán cobrar sus haberes por ese medio.

Asimismo, se recuerda que el Banco Central de la República Argentina (BCRA), en su Comunicación 6462, estableció que los bancos deberán proveer sin cargo una tarjeta que permita operar en los cajeros automáticos y realizar las demás operaciones bancarias tanto al titular de la cuenta de la seguridad social como a su apoderado.

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