27 de marzo de 2012
Las autoridades que ostentan el poder de contralor se pusieron rígidos con los comercios que venden bebidas alcohólicas, y en los últimos días, se registraron 3 clausuras y varias multas debido al incumplimiento de las leyes que rigen la actividad.
Así lo confirmó a LA VOZ el director de Inspección municipal, César Bayerque. Los operativos se realizan con personal comunal y de la Policía de la Provincia.
La principal irregularidad detectada es el expendio de alcohol después de las 21, falta que mereció la clausura durante 3 días a locales semicéntricos, detalló el funcionario.
Por otro lado, otros 8 negocios fueron infraccionados por el vencimiento del REBA y otras falencias.
El doctor Bayerque aseguró que estos operativos de rutina parecen haber brindado "resultados positivos" en la conciencia del comerciante de Tandil, pues que el pasado fin de semana se renovaron las diligencias y se detectó un alto nivel de cumplimiento.
Consultado por los famosos servicios de "delibery", es decir, la venta a domicilio de bebidas alcohólicas por fuera de los horarios permitidos, el titular de Inspección aseguró que su comprobación es harto dificultosa, puesto que hasta un acta labrada con escribano público puede ser desactivada en un planteo judicial.
La ley 11.825 sostiene que en la provincia de Buenos Aires, se adhiere a la prohibición citada en la Ley 14050, con respecto a la prohibición de la venta de alcohol entre las 21 horas y las 10.
Asimismo, se prohíbe la venta de bebidas alcohólicas en kioskos, polirrubros, estaciones de servicio y anexos, en cualquier comercio no inscripto en el Registro Provincial para la Comercialización de Bebidas Alcohólicas (REBA), y en lugares donde se efectúen eventos de convocatoria masiva (dentro de un radio de 200 metros, una hora antes, y una hora después del horario del mismo).
Debe aclararse que las penas económicas a los propietarios de comercios son dispuestas por los Juzgados de Faltas.
La licencia del REBA es una autorización otorgada por la autoridad pública competente para comercializar bebidas alcohólicas en el ámbito de la provincia, y es expedida por la Subsecretaria de Asistencia a las Adicciones, dependiente del Ministerio de Salud.
El titular del negocio puede perder la licencia cuando de la constatación surge que vencido el período anual no ha sido renovada y/o no ha solicitado su renovación dentro de los sesenta días antes de su vencimiento.
El REBA tiene 3 categorías: la A, para distribuidores; la B, para el caso de comercialización de 8 a 23, y la C, para vender de 23 a 8.
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