1 de abril de 2020
Luego de la resolución del Tribunal de Casación penal de habilitar a los internos de las unidades del Servicio Penitenciario Bonaerense para el uso de celulares y mantener contacto con sus familias mientras sigan restringidas las visitas, se conformó un Protocolo para reglamentar su uso hasta el cierre del aislamiento social, preventivo y obligatorio.
El documento aclara que la habilitación de las comunicaciones a través de dispositivos móviles en el ámbito del SPB regirá mientras dure el DNU 297/20 o cualquier otra restricción a la libre circulación de las personas con motivo de la pandemia Covid-19.
"Los resultados de la puesta en práctica de este Protocolo permitirán evaluar la extensión de su vigencia, así como la modificación y/o ampliación de su contenido", aclara en su segundo artículo.
El Protocolo indica que el interno que ingrese con un teléfono celular -que no podrá tener memoria extraíble- deberá declararlo ante el personal a cargo de su recepción, quién registrará la marca, el modelo, el número de identificación internacional de equipo móvil (IMEI) y el número de tarjeta de módulo de identificación de abonado (Chip o tarjeta SIM). En el mismo sentido se registrarán también los datos de la persona que sea propietaria del dispositivo móvil y de la línea telefónica.
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