24 de mayo de 2009

Locales

Locales. Condenan a conductor por el accidente en el que fallecieron tres médicos del Hospital

Una pena de tres años de prisión de ejecución condicional y una inhabilitación especial para conducir vehículos automotores por el término de siete años le fue impuesta a un conductor durante un juicio abreviado, proceso donde fue hallado responsable de un accidente de tránsito en el que habían fallecido tres médicos residentes del Hospital Municipal "Ramón Santamarina" de Tandil y donde otra profesional de la salud había sufrido gravísimas lesiones.
El accidente había ocurrido el 20 de octubre del 2006 en la Ruta Nacional 226 en jurisdicción del Partido de Azul, cuando el ahora condenado -según mencionó en el fallo el juez que intervino en este proceso- conducía una camioneta que tiraba de un carro e "invadió imprudentemente la mano contraria de circulación", lugar por donde en sentido contrario venía el automóvil ocupado por las víctimas, produciéndose finalmente la colisión entre ambos vehículos sobre una de las banquinas de la ruta. El joven condenado se llama Hugo José Espinel. Nacido en Resistencia, provincia del Chaco, tiene 27 años y por este hecho fue hallado autor penalmente responsable de los delitos homicidio culposo agravado por la cantidad de víctimas fatales -tres víctimas- en concurso ideal con lesiones graves culposas informó el Diario El Tiempo de Azul
Escenario de este juicio abreviado había sido el Juzgado Correccional número 1 de Azul , en el que días atrás su titular, el doctor Aníbal Norberto Alvarez, firmó este fallo donde en representación de las partes se habían desempeñado el fiscal Javier Barda y los doctores Tomás Martínez White (defensor particular del imputado), Julio César Vélez y Ruben Bertini (representantes de los particulares damnificados), informaron fuentes judiciales.
Dado el carácter de la sanción impuesta al encausado, el Juez dispuso también que a modo de pauta de conducta deberá constituir domicilio y someterse al cuidado del Patronato de Liberados durante dos años. El funcionario judicial, además, consideró como una circunstancia agravante a la pena impuesta al conductor "la pluralidad de víctimas" que hubo en este accidente.

Tres muertos y
una herida grave
Los tres médicos que murieron en este accidente se llamaban Gabriela Blanca Ferrara (30), Carlos Fernando Vázquez (31) y Mariana Bertini (29); en tanto que María Marta D´arino fue quien resultó con gravísimas heridas aquel 20 de octubre de 2006 en horas de la tarde, cuando este hecho se produjo a la altura del kilómetro 222 de la Ruta 226. En referencia al mismo, el juez Alvarez mencionó que eran aproximadamente las 16.30 cuando Espinel, conduciendo una Ford Ranger que tiraba un carro cargado con bidones de fertilizantes, chocó con un Renault 19 que manejaba D´arino y en el que iban las personas que murieron. El accidente se produjo cuando el conductor de la Ranger "invadió imprudentemente la mano contraria de circulación". La mujer, al observar la invasión de su mano, efectuó una "maniobra evasiva, girando hacía su derecha, es decir hacia su banquina, realizando la misma conducta el chofer de la referida camioneta, colisionando en la banquina mencionada", escribió el Juez.
Como consecuencia del impacto, murieron ese día Gabriela Ferrara y Mariana Bertini "por paro cardiorrespiratorio traumático por carbonización", puesto que el automóvil se incendió. Dos días después, estando internado, se produjo la muerte de Carlos Vázquez "por fallo multiorgánico por las quemaduras recibidas".
En tanto, María Marta D´arino sufrió quemaduras en diferentes partes de su cuerpo, además de perder de un ojo, lesiones todas que en su momento fueron caratuladas como graves y le provocaron, también, la desfiguración del rostro.
Para el Juez, la autoría y responsabilidad de Espinel en este accidente quedaron demostradas porque "con su rodado y en una ruta nacional realizó una maniobra por demás inconveniente como fue la de invadir la mano contraria de circulación sobre una loma, existiendo doble línea amarilla sobre la calzada, carteles indicatorios y transportando carga peligrosa e inflamable".
"Tal accionar del imputado, violatorio del deber de cuidado y de lo establecido por el Código de Tránsito, ha sido la causa generadora del hecho culposo en juzgamiento".
Aquella tarde, los médicos viajaban en dirección a Tandil después de participar en unas jornadas de emergencias en Azul.
Una de las pericias realizadas en torno a este hecho reveló que como consecuencia de la combustión producida entre el impacto, la tensión en el sistema eléctrico, la nafta en las cañerías del carburador y el GNC se produjo el incendio en el habitáculo del Renault 19.
Otra, estableció que la causa de este accidente fue el factor humano, representado en este caso en "la maniobra del conductor de la camioneta al invadir la mano con sentido de circulación contraria a la que él circulaba originalmente, en plena loma, con doble línea amarilla y cartel prohibido de sobrepaso".

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