9 de noviembre de 2009

Locales

Locales. Confirman la pena de 11 años y seis meses de prisión para Bilbao Massa

Recientemente desde el Tribunal Criminal Nº 1 se confirmó la condena para el hombre acusado de matar a Verónica Pérez. En coincidencia con lo acordado en juicio abreviado por el fiscal y el abogado defensor, los jueces lo sentenciaron a la pena de 11 años y seis meses de prisión, por el delito caratulado Homicidio y aborto en concurso ideal.
Tal lo adelantado en éstas páginas tiempo atrás, el fiscal Marcos Egusquiza había logrado un acuerdo con el defensor del imputado, el doctor Claudio Castaño, en un juicio abreviado, pena que ahora el Tribunal, integrado por los jueces Pablo Galli, Guillermo Arecha y Gustavo Echevarría, coincidieron en un todo.
Para los magistrados, quedó acreditado que el 11 de enero de 2009, aproximadamente a las 4, en el domicilio de la calle De Roxas 164, Leonardo Marcos Nahuel Bilbao Massa con conciencia y voluntad, utilizando un arma blanca de punta y filo, le aplicó a Verónica Alejandra Pérez una puñalada en el abdomen superior con la intención de darle muerte, como así de provocar el aborto del feto engendrado con una gestación de entre ocho y doce semanas.
Para arribar a la conclusión, se tomaron las manifestaciones de la propia víctima, en oportunidad de ingresar el Hospital Municipal escuchadas por el personal paramédico y policial en cuanto refirió que la herida había sido aplicado por su ex pareja Bilbao.
Asimismo, se añadió el indicio de sospecha que emerge de la circunstancia que el imputado, encontrándose junto a la víctima cuando se encontraba lesionada rehuyó llevarla personalmente al hospital para su atención, recurriendo a su amigo Pablo Alejandro Sánchez para que trasladara a Verónica al Hospital para su atención, con la recomendación –a su amigo- que él no debía ser mencionado y que como explicación dijera que en esas condiciones la había encontrado en la calle (manifestaciones de Verónica recreadas por los testigos Inchassendague, Strassanti y Aguilar en sus declaraciones)
Otro elemento de prueba fue el indicio de motivación dado por la conflictiva relación que mantenían víctima y victimario, que había determinado que Verónica se retirara del domicilio que compartía con el imputado pocos días antes, en virtud del maltrato y violencia que era objeto por parte de Bilbao Massa, como así también, de las constantes y reiteradas amenazas contra su vida que, pocas horas antes de la agresión mortal también se concretaron.
Otro dato: el conocimiento que tenía el imputado de la relación sentimental que había iniciado la víctima y la circunstancia que se encontraba embarazada. Así también las inconsistencias y mendacidades incurridas por Bilbao Massa al momento de prestar declaración, quien habló de la existencia de una pelea previa entre él, Verónica y Pablo Giménez. Versión que fue desacreditada por el propio Giménez y otros testigos.
Por otra parte, se consideró el examen psiquiátrico – psicológico que le fuera realizado al acusado, que concluye en que no padece de alteraciones morbosas, estado de inconsciencia o insuficiencia de sus facultades y que al momento del hecho pudo comprender la criminalidad del mismo y dirigir sus acciones.

AGRAVANTES

Como circunstancias de agravamiento de la pena, Arecha y compañía citaron que las partes acordaron el mal concepto que tiene el imputado en el ámbito de su relación, la realización del hecho en la noche, la relación de pareja que mantuvieron por casi cuatro años y fruto de la cual tuvieron una hija, y la preponderancia física del agresor en relación a la víctima que disminuyó la capacidad de ésta de presentar una adecuada defensa cuando, previo a sufrir la herida mortal, fue golpeada artera y duramente en la cara.
Sobre la actitud asumida por el imputado inmediatamente después de cometer el ilícito y la conducta elusiva posterior, el tribunal señaló que más que una circunstancia de agravamiento constituye un elemento objetivo de culpabilidad.

Comentarios

0

Los comentarios publicados son de exclusiva responsabilidad de sus autores y las consecuencias derivadas de ellos pueden ser pasibles de sanciones legales.

Cargando comentarios...

Subscribite para recibir todas nuestras novedades

data fiscal  © 2026 | La Voz de Tandil | Av. del Valle 1220 - Tandil