21 de diciembre de 2009

Locales

Locales. Corroboran la incorporación del Dispensario al SAMO

Mediante el decreto 1.576, el Gobierno de de la Provincia decidió incorporar al Dispensario de Vías Respiratorias de nuestra ciudad al Sistema de Atención Médica Organizada, según lo estipuló en el último boletín oficial.
La decisión data del 31 de agosto pero fue comunicada recientemente por el Estado bonaerense.
A través del expediente Nコ 2911-82/09, la Provincia resolvió "incorporar el Servicio de Neumotisiología de Tandil al Sistema de Atención Médica Organizada (SAMO)".
Cabe señalar que el SAMO fue creado por el decreto 8.801, cuya misión es proporcionar "servicios integrados de medicina preventiva y asistencial mediante los recursos sanitarios provinciales y municipales y la coordinación con los demás recursos oficiales y privados y/o efectores de Seguridad Social".
Las finalidades del sistema son "organizar, programar y administrar la Atención Médica Sanitaria de manera tal que se asegure a todos los habitantes de la Provincia el cuidado integral de la Salud, en los niveles de promoción, protección, recuperación y rehabilitación con accesibilidad apropiada a cada necesidad".
A su vez, se propone "integrar racionalmente todos los recursos financieros estatales para la atención de la salud, bajo los lineamientos de centralización normativa y descentralización ejecutiva".
Del mismo modo, apuntan a "coordinar las acciones de atención de la salud con los distintos regímenes de seguridad social" y "promover un régimen de Carrera Sanitaria".
Asimismo, buscan "promover la Investigación y la Docencia vinculados a la atención de la Salud".
Según el régimen orgánico funcional del SAMO, se establece que la autoridad de aplicación es el Ministerio de Bienestar social.
La administración del sistema, por otro lado, cuenta con los siguientes niveles orgánicos: Consejo Provincial, Secretaría Ejecutiva, Administración Zonal y Administración Municipal.
Por caso, el Consejo Provincial, resulta "la máxima autoridad de la Administración y estará presidido por el Ministerio de Salud o en su ausencia por el Subsecretario de Salud Pública e integrado por el mencionado Subsecretario, el Subsecretario de Medicina Social, el Subsecretario de Gobierno y el Presidente del Instituto de Obra Médico Asistencial (I.O.M.A.) o por los funcionarios que con otras denominaciones sustituyan a los mencionados en las mismas competencias que actualmente tienen atribuídas".




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