30 de noviembre de 2020
Curcio
explicó a La Voz que "efectuamos la semana pasada una presentación, donde el Municipio
interpreta que el mandato, de la forma que fue resuelto, parecería excederse un
poco de lo que entendemos son las atribuciones propias del poder judicial.
Tenemos la sensación que, a partir de la pretensión de los actores, la
resolución judicial termina modificando o suspendiendo al menos temporalmente,
en todo el Partido, una ordenanza municipal".
Recordemos
que la cautelar del Juez Blanc, imponía, entre otras medidas, la no aplicación
de agroquímicos en la actividad agropecuaria, a menos de
"Esto
encendió las alertas porque la competencia para dictar Ordenanzas la tiene el Concejo
Deliberante, y ni siquiera el Departamento Ejecutivo. Este es un mandato genérico,
modificando una determinada cantidad de metros donde se pueden aplicar todos
los agroquimicos, no ya los que la Ordenanza establece, y entendemos que excede
el marco de actuación del Juzgado Civil y Comercial que está interviniendo en
la causa, que recordemos, es una causa donde determinados particulares demandan
a otros particulares, que son empresas, no al municipio", refirió el abogado
del Municipio.
Y explicó
que "dado el tenor de la demanda, la Municipalidad se presentó voluntariamente
para ser demandado y pidió la incompetencia del Juzgado, porque debería
radicarse la actuación en el Juzgado Contencioso Administrativo, en todo caso. Allí
debemos discutir la validez, o no, de la ordenanza. Porque si no se está de
acuerdo con la ordenanza, se trabaja en el Concejo Deliberante, o se impugna
judicialmente en el fuero correspondiente. Si el objeto de la causa es otro,
entendemos que la cautelar no debería haber venido orientada a suspender esto
respecto de todo el Partido, sino a los demandados, que son, según los
demandantes, los que produjeron el daño que se reclama".
Curcio
también consideró que "hay una dificultad jurídica para implementar la cautelar,
porque el que debe cumplir una medida judicial, tiene que estar notificado", lo
que implicaría que debería notificarse a todos los productores de Tandil.
"Una podría
decir "que el Municipio los notifique". Para eso deberíamos saber cuál es el
universo de personas a notificar. Pero además, el tenor de la medida, demuestra
que en 20 días, o dentro de dos meses, si viniera alguien desde afuera y arrendara
un campo, el municipio tendría que notificarlo. Y hay una segunda dificultad,
que es que la Ordenanza no prevé sanciones para cuando se utilizan agroquímicos
a
Remarcó que
"esa es la intervención del Municipio en esta causa. Entendemos que la
ordenanza esta plenamente vigente y nos presentamos para defender la ordenanza
y su plena vigencia".
CERRO LEONES
Por otro
lado, Curcio fue consultado por el fallo del Juez Zárate, que exigió al titular
de la cavas de Cerro Leones y al Municipio, que dispongan medidas de prevención
para desalentar y evitar el ingreso de personas a ese predio, con fines de
bañarse en el espejo de agua.
"De esa
medida fuimos notificados hace un par de días", aclaró el funcionario, quien
recordó que "esta es una causa del año 2017, donde hubo una presentación
conjunta entre los titulares de la firma propietaria de la cava y el Municipio,
en la que se proponían una serie de acciones a llevar adelante por la empresa,
con el fin de mitigar o evitar la ocurrencia de accidentes en ese lugar y que
el público tome conciencia que no debe ingresar a un predio privado, y que además,
este predio es riesgoso para la vida".
"Lo que
hizo este fallo es aprobar esa propuesta que hizo en 2017, por lo cual ahora sí
serían técnicamente, serian exigibles aquellas acciones que se habían propuesto.
Muchas de ellas han sido cumplidas total o parcialmente, como por ejemplo reparar
todos los cercos que rodean el predio, que son
En la misma
resolución, el juez dispone otros mandatos preventivos tendientes a ampliar las
acciones de disuasión a los particulares. Curcio recordó que "por un lado, se propone
que el Municipio evalúe la posibilidad de contratar mayor personal o redirigir
personal de alguna de las áreas, con una función en el acceso a la cava, para vigilar
o disuadir y que la gente al ver presencia municipal desista. Y también
solicita el juez, en un segundo punto del mismo fallo, que los destacamentos policiales
le otorguen prioridad a estas denuncias cuando lleguen al 101 y que se atiendan
de inmediato. Bueno, esto va a depender mucho más de la Policía, sobre la que
el Municipio no tiene competencia sobre la Policía".
El
Secretario lunghista luego señaló que "hay un último punto en la medida
judicial, que es el que nos parece más factible, que es el darle difusión en los
medios periodísticos locales, con fines preventivos y de concientización".
"Lamentablemente
hubo decesos en esas cavas y uno siempre apela a la conciencia de la gente, porque
el lugar no es un balneario, y es peligroso", adujo.
Curcio
confirmó que el área que dirige trabaja en la presentación de una respuesta,
dado que "algunas de las propuestas, de alguna manera exceden las atribuciones
o ls posibilidades del Municipio. Vamos a presentar esta manifestación por si
desde la justicia se decide la intervención del Ministerio de Seguridad, para que
dispongan algo respecto de la Policía, que excede la competencia municipal", en
tanto afirmó que "en todo cuanto podamos ayudar, lo haremos".
Indicó que
si bien se venían comunicando "todos los veranos", con la empresa propietaria
de las cavas, esto aun no sucedió en el marco del despacho del Dr. Zárate.
"El titular
entiende que es fundamental que cada ciudadano entienda que no debe ingresar a
la propiedad privada, independientemente que haya o no seguridad. Les pedimos
que dentro de la propuesta conjunta, la reparación de los cercos, colocación de
taludes, de cartelería, vamos a exigir que se cumpla. Pero por otro lado es complicado
pedirle a alguien que todos los años este contratando una seguridad privada, porque
la gente no obedece un mandato legal, que es que en definitiva no debe ingresar
a un predio privado", reflexionó en su diálogo con La Voz.
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