30 de noviembre de 2009

Nacionales

Nacionales. Declaran la emergencia agropecuaria en 13 provincias

El ministro de Agricultura, Julián Domínguez, a través de resolciones publicadas hoy en el Boletín Oficial, declaró el estado de emergencia y/o desastre agropecuario en trece provincias, debido a la sequía, granizo y otras inclemencias climáticas.

La medida abarca a las provincias de Mendoza, Córdoba, Salta, San Juan, Buenos Aires, Santa Fe, Catamarca, Santiago del Estero, Santa Cruz, Chubut, Río Negro, La Pampa y Corrientes.

A los efectos de la aplicación de la ley 26.509 para estos casos, en Mendoza se declaró la emergencia agropecuaria por granizo; en Santa Fe, Catamarca, La Pampa y Río Negro, por sequía.

En tanto, se declaró el estado de emergencia y/o desastre agropecuario en las provincias de Córdoba (sequía), Salta (granizo), San Juan (lluvias), Buenos Aires (sequía), Santiago del Estero (sequía y heladas), Santa Cruz (sequía), Chubut (heladas), y Corrientes (sequía).

Expresa que a los efectos de poder acogerse a los beneficios que acuerda la Ley Nº 26.509 (Sistema Nacional para la Prevención y Mitigación de Emergencias y Desastres Agropecuarios) los productores deberán presentar certificado extendido por la autoridad competente de la provincia, en el que conste que sus predios o explotaciones se encuentran afectados en un 50 por ciento de su producción, en los casos de emergencia, y en un 80 por ciento en las zonas de desastre.

Las resoluciones del Ministerio del Agro señalan que las instituciones bancarias nacionales, oficiales o mixtas y la Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip), arbitrarán los medios necesarios para que los productores agropecuarios comprendidos en la presente resolución gocen de los beneficios previstos en los Artículos 22 y 23 de la Ley Nº 26.509, respectivamente.

Dichos artículos expresan que una vez declarado el estado de emergencia agropecuaria o desastre, el Fondo Nacional para la Mitigación de Emergencias y Desastres Agropecuarios podrá brindar asistencia financiera especial para productores damnificados. Las instituciones bancarias nacionales, oficiales o mixtas, concurrirán en ayuda de los productores, aplicando medidas especiales, de acuerdo a la situación individual de cada productor y con relación a los créditos concedidos para su explotación agropecuaria.

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