18 de agosto de 2022
A partir de este sábado los productos con exceso en grasas,
azúcares, sodio y calorías de las grandes empresas deberán comercializarse con
el sello correspondiente, a excepción de que se les haya otorgado una prórroga,
lo que marca el inicio de su aparición en las góndolas, recordaron hoy desde el
Ministerio de Salud donde enfatizaron que "se trata de un proceso gradual
cuyo objetivo no es el sello sino la promoción de una alimentación
saludable".
"Es importante transmitir una vez más que la Ley 27.642
tiene como objetivo la promoción de una alimentación saludable; en ese
contexto, el etiquetado frontal es solo una parte que busca dar la información
para que las personas tomen las mejores decisiones y las empresas traten de
readecuar sus productos en la medida que puedan", sostuvo la ministra de
Salud, Carla Vizzotti, en una charla con periodistas especializados.
Y continuó: "En ese contexto se otorgaron prórrogas tal
como establece la Ley, y muchas de éstas fueron para adecuar los productos.
Esto es importante porque nuestro objetivo no es llenar de sellitos sino que
sean más saludables".
"Todo este trabajo da cuenta de las herramientas que ha
puesto el Estado para que la ley pueda implementarse; se trabajó con sociedades
científicas, con otros ministerios como Educación o Producción y con las
cámaras empresariales"
Carla Vizzotti
La Ley 27.642 se sancionó el 26 de octubre de 2021 y el 23
de marzo pasado se publicó el decreto reglamentario 151/2022; la normativa
establece diferentes etapas para la implementación de uno de sus ejes, que es
la colocación de sellos a los productos que tengan exceso de grasas, azúcares,
sodio y calorías.
Para las grandes empresas, el 20 de julio venció el pedido
de prórroga que se podía solicitar por única vez por 180 días, y para mayo de
2023 todos sus productos deberán tener los sellos en el caso de que
corresponda.
"Se otorgaron prórrogas a unas 240 empresas que
contemplan unos 11 mil productos, alrededor de un 3% del universo de los
productos de tránsito federal", informó durante el encuentro Evangelina
Macías, directora del Instituto Nacional de Alimentos (INAL) de la Anmat.
Y continuó: "Los motivos por los que se solicitaron las
prórrogas son variados, algunos fueron para la reformulación de los productos
para que no tengan sello, en otros casos tiene que ver con insumos, con
adecuación tecnológica, etc.".
El etiquetado frontal
Los sellos establecidos por la ley se deberán colocar en el
frente de los envases; se trata de octógonos negros que tendrán las siguientes
inscripciones: "Exceso en azúcares"; "Exceso en sodio";
"Exceso en grasas saturadas"; "Exceso en grasas totales";
"Exceso en calorías".
Además, si tiene edulcorantes, el envase deberá tener debajo
de los sellos de advertencia la siguiente leyenda: "Contiene edulcorantes,
no recomendable en niños/as", al igual que si tiene cafeína deberá decir:
"Contiene cafeína. Evitar en niños/as".
Los valores máximos establecidos por la Ley de azúcares, grasas
saturadas, grasas totales y sodio deben cumplir los límites del Perfil de
Nutrientes de la Organización Panamericana de la Salud (OPS); otros países de
la región como Chile y Uruguay poseen etiquetado pero con diferentes criterios.
Más allá del sello, los productos que tengan estos excesos
no pueden contener en sus envases personajes infantiles, animaciones, dibujos
animados, celebridades, deportistas o mascotas ni estar acompañados por
elementos interactivos, obsequios, premios, regalos, accesorios, adhesivos, juegos,
descargas digitales o cualquier otro elemento.
Tampoco pueden ofrecer la participación o promesa de
participación en concursos, juegos, eventos deportivos, musicales, teatrales o
culturales, junto a la compra de productos.
La normativa también establece la prohibición de publicidad,
promoción y patrocinio de los alimentos y bebidas analcohólicas envasadas que
contengan al menos un sello de advertencia dirigida a niños, niñas y
adolescentes.
Finalmente, la Ley también señala que el Consejo Federal de
Educación deberá promover la inclusión de los contenidos mínimos de educación
alimentaria nutricional en los establecimientos de nivel inicial, primario y
secundario del país.
Comentarios
0Los comentarios publicados son de exclusiva responsabilidad de sus autores y las consecuencias derivadas de ellos pueden ser pasibles de sanciones legales.
Iniciá sesión para dejar tu comentario
Iniciar sesiónCargando comentarios...
Denunciar comentario