9 de mayo de 2021
La nueva disposición municipal, modifican el art. 2° del
Decreto N° 1283/21, y quedaron redactados de la siguiente forma:
"a) los establecimientos cuya actividad consista en el
expendio de comidas y bebidas, podrán funcionar en el horario de 6 a 20 horas,
permitiéndose continuar únicamente hasta las 23 horas con la prestación del
servicio a través de la forma de take away o delivery". Vale recordar que la
modalidad de retiro en locales gastronómicos no estaba habilitada en las
últimas dos semanas y solo se permitía el delivery.
El nuevo inciso d), expresa "el resto de las actividades y
servicios autorizados por este Departamento Ejecutivo podrán funcionar en el horario
de 6 a 20 horas".
Esto regirá a partir de este lunes 10 de mayo y "hasta el
dictado de un nuevo acto administrativo".
Por otro lado, seguirán vigentes las restricciones dispuestas
en el decreto 1283, que son:
-los establecimientos cuya actividad consista en el expendio
de combustible, podrán funcionar en el horario de 6 a 23 horas.
-los consultorios de profesionales de la salud,
laboratorios, centros de diagnóstico por imagen y farmacias, podrán funcionar
en el horario de 06:00 a 20:00 hs.
-las bibliotecas podrán funcionar en el horario al que
refiere el incido d) sólo a través de la modalidad de retiro y entrega de
libros sin permanencia en el establecimiento.
No se encuentran autorizadas:
-las actividades deportivas colectivas con o sin contacto de
más de 10 (diez) personas en espacios al aire libre o cerrados.
-mercados y ferias de artesanías o alimentos en espacios
cerrados.
-casinos
-actividades y reuniones sociales en domicilios
particulares, salvo para la asistencia de personas que requieran especiales
cuidados.
-los servicios empresariales de catering a los que se
refiere el Decreto 1661/20 y modificatorias como así también los servicios de
entretenimientos de fiestas infantiles encuadrados en el Decreto 2025/20 y sus modificatorias.
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