13 de agosto de 2021

Nueva disposición

Nueva disposición. Desde hoy amplían el horario a las 2 de la mañana y eventos masivos hasta 400 personas

Este viernes, y en función de las normativas establecidas por Nación y Provincia, a nivel local también se estableció una nueva Resolución.

En los considerandos se marca que "deviene necesario continuar con la adopción de decisiones destinadas a actividades y servicios que contribuyan al bienestar general de la ciudadanía, y también, a la sustentabilidad de distintos sectores de la sociedad" y que en el "en el marco de las facultades legalmente atribuidas (arts. 5 y 123 de la Constitución Nacional, arts. 190 y cctes. de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires, arts. 1, 107, 108 y cctes. de la Ley Orgánica de las

Municipalidades), reconocidas a través del art. 10 del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 297/20 y sus modificatorias, resulta necesario el dictado de este acto administrativo:

El Decreto establece que a partir del 13 de agosto de 2021 y hasta el dictado de un nuevo acto administrativo, que el funcionamiento de las actividades y servicios habilitados por este Departamento Ejecutivo podrán realizarse de 06 a 02hs y de acuerdo a la modalidad indicada en el presente Decreto.

Se exceptúa de lo dispuesto en el párrafo anterior, a los establecimientos cuya actividad consista en el expendio de combustible, únicamente en lo que refiere a esa actividad, los cuales no estarán sujetos a modalidad horaria alguna.

Las reuniones sociales en domicilios particulares podrán realizarse con hasta 10 (diez) personas en espacio cerrado. Si el domicilio contare con espacio al aire libre, y la reunión se realizare en el mismo, la concurrencia podrán ser hasta 20 (veinte) personas.

Los eventos masivos podrán realizarse con un máximo de 400 (cuatrocientas) personas. Toda solicitud de evento masivo que supere la cantidad indicada en este inciso, será analizada en forma conjunto entre el área de este Departamento Ejecutivo con competencia específica y el Comité de Seguimiento del Coronavirus Covid-19 creado por Disposición N° 319/20 del Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado.

El factor ocupacional para el resto de las actividades y servicios no mencionados  precedentemente, será el establecido en la Resolución N° 3289/21 de la Jefatura de Gabinete de Ministros de la Provincia de Buenos Aires, o la que en el futuro la reemplace.

No se encuentran autorizados discotecas, salones de fiestas y establecimientos afines.

Se dispone como medida de protección y como parte de los protocolos que en los términos de los

arts. 4.3 y 4.4 de la ordenanza N° 17.079 deban cumplir los establecimientos que trabajen con permanencia de público en donde se encuentre permitido la no utilización de tapaboca-nariz, la obligación de utilizar la aplicación web denominada "Sistema de Gestión de casos Covid Tandil" a través del dominio covid.tandil.gov.ar o la herramienta digital que en el futuro disponga este Departamento Ejecutivo.

Instar a los establecimientos no alcanzados por el párrafo anterior, a la utilización de la aplicación antes referida. La medida dispuesta en este artículo comenzará a regir a partir de los 15 días corridos de firmado el presente Decreto.

ARTÍCULO 4º: Para todo lo no modificado por este Decreto, se mantendrá la vigencia de los derechos y obligaciones establecidos en las normas que actualmente regulen las actividades y servicios aquí referidas, y especialmente las dictadas en el Partido de Tandil en el marco de la emergencia sanitaria vigente como consecuencia de la pandemia mundial del coronavirus Covid-19.

 El incumplimiento de lo establecido en este Decreto dará lugar a la aplicación de las consecuencias previstas por el marco normativo respectivo.

Comentarios

0

Los comentarios publicados son de exclusiva responsabilidad de sus autores y las consecuencias derivadas de ellos pueden ser pasibles de sanciones legales.

Cargando comentarios...

Subscribite para recibir todas nuestras novedades

data fiscal  © 2026 | La Voz de Tandil | Av. del Valle 1220 - Tandil