5 de julio de 2022
En el juicio que se realizó en el Tribunal Oral en lo
Criminal número 1 con asiento en el Palacio de Justicia de Azul, el encausado
-que tiene 70 años de edad, es oriundo de CABA y vive en Tandil- por aquel
siniestro de tránsito que protagonizara fue declarado autor del delito de
"homicidio culposo agravado por la conducción imprudente de un vehículo
con motor, por el exceso de velocidad de más de treinta kilómetros por encima
de la máxima permitida en el lugar del hecho y por el número de víctimas
fatales (cinco)".
Lo más sustancial de lo resuelto de manera unánime por los
jueces Joaquín Duba, Martín Céspedes y Luis Surget fue ordenar la
"inmediata detención" del hombre condenado en esta primera instancia,
teniendo en cuenta la magnitud del monto de la pena de prisión que le fuera
impuesta.
Dicha medida de coerción, cuando semanas atrás las partes
formularon los alegatos, habían solicitado la fiscal Karina Gennuso -quien
también intervino en la instrucción de este sumario penal- y Marcelo Chumbita,
que bajo la figura del Particular Damnificado lo hizo en representación de los
familiares de las víctimas en lo que fue este juicio, que había comenzado a
desarrollarse a principios del mes pasado.
Ni Horacio Luis Castilla ni Jorge Dames, el abogado que lo
patrocinó en este debate, estuvieron presentes cuando este martes en horas de
la mañana se leyó en la sala de debates del TOC 1 la parte resolutiva de ese
fallo con veredicto condenatorio para el encausado.
Ubicada en el primer piso del edificio central del Poder
Judicial de Azul, en esa sala los familiares de las víctimas fatales de lo que
fuera aquel siniestro vial por el que Castilla ahora fue condenado evidenciaron
su conformidad y agradecimiento al conocerse que se ordenaba su inmediata
detención. Tanto para los jueces, hubo aplausos no bien se anunció el fallo,
como para la Fiscal que llevó adelante la instrucción de esta causa penal.
Toda esa situación quedó en evidencia en medio de una
atmósfera cargada de una fuerte emoción, en algunos casos hasta las lágrimas,
que para ellos significó encontrar ahora una respuesta positiva por parte de la
justicia a ese pedido que, desde que este hecho se produjo, comenzaron a hacer
visible para que el imputado fuera condenado y para que, también, vaya
efectivamente a la cárcel.
No bien aquel siniestro vial sucediera -en horas de la noche
del domingo 25 de agosto de 2019 sobre la Ruta Nacional número 3, en
jurisdicción de Azul- el conductor condenado ahora había quedado detenido. Pero
días más tarde, tras el pago de una fianza de diez millones de pesos, recuperó
la libertad "bajo caución real" y en esa condición llegó a este debate.
Las víctimas fatales que tuvo aquel luctuoso suceso
regresaban desde Tandil a Merlo, la ciudad ubicada en el conurbano bonaerense
en la que se domiciliaban, cuando la camioneta Jeep Grand Cherokee que Castilla
guiaba impactó al Chevrolet Corsa en el que todas ellas se trasladaban.
Ese choque por alcance incluyó, en un principio, que también
estuviera involucrado un camión con acoplado que circulaba por delante de los
rodados en los que viajaban las víctimas y el condenado en esta primera
instancia.
Tras recorrer algunos metros sobre la cinta asfáltica
prácticamente pegados los tres vehículos -el siniestro vial se produjo en el
tramo de la Ruta 3 que une a las localidades de Cacharí y Pardo- el Corsa se
desprendió del acoplado del camión. Y con la Cherokee "en íntimo
contacto" con su trompa a la parte de atrás del auto, ambos rodados fueron
a parar la banquina, donde se prendieron fuego.
Mientras que los ocupantes del Corsa murieron calcinados y
recién pudieron ser identificados por la Policía varias horas después a
sucedido este siniestro vial, Castilla logró salir por sus propios medios de la
camioneta aquella noche del domingo 25 de agosto de 2019 en que este siniestro
vial se produjo poco antes de la hora 21.
Alejandro Daniel Torres murió el mismo día que había
cumplido 39 años de edad.
Con la excusa de celebrarlo, aprovechando que su hermana le
había regalado un auto para comenzar a trabajar de remisero decidió viajar a
Tandil junto con sus hijos Daira Micaela Torres (19), Demian Alexis Torres (18)
y Mía Torres (6). Y a esa escapada a la ciudad serrana también había ido una
sobrina del conductor del Chevrolet Corsa, que se llamaba Mía Torres y tenía
seis años.
Todos ellos se convirtieron en las víctimas fatales de aquel
siniestro vial que -según lo señalado en el fallo que se tradujo ahora en su
condena- Horacio Luis Castilla provocó; aunque de manera culposa y no con
"dolo eventual", la otra calificación penal por la que el empresario
ganadero había llegado también procesado a este juicio.
"De lo actuado resulta evidente que el conductor de la
camioneta marca 'Jeep' modelo Grand Cherokee, con el exceso de la velocidad
impuesta reglamentariamente en el que incurrió y violando el deber de cuidado
que le imponía conservar el dominio del rodado teniendo en cuenta las
vicisitudes o contingencias del tránsito, se constituyó en la causa exclusiva
del resultado lesivo acaecido", escribió en un tramo del fallo resuelto
por unanimidad por los miembros del TOC 1 el juez Martín Céspedes, el primero
en votar a las cuestiones planteadas en esa resolución.
Según sostuvo el actual Vicepresidente de ese tribunal,
Castilla "cometió la imprudencia de guiar el automóvil en el que circulaba
a una velocidad de al menos 147 kilómetros por hora", ocasión durante la
cual aquella noche embistió "al automóvil que lo precedía": el Corsa
en el que viajaban las víctimas de regreso a Merlo circulando "a una
velocidad reglamentaria" en el mismo sentido que lo hacía la camioneta que
manejaba el encausado.
"La extensión del daño causado, en cuanto ocasionó la
muerte de cinco personas, excediendo con ello la agravante prevista en el tipo
penal, en su gran mayoría de corta edad, y las dolorosas consecuencias
ocasionadas al grupo familiar" fueron circunstancias valoradas como
potenciadoras de la sanción dictada a Castilla, para quien también el Tribunal
consideró, pero como una atenuante, que hasta este momento no registraba
antecedentes penales.
Fuentes: propias y El Tiempo de Azul
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