12 de noviembre de 2012

Locales

Locales. Divorcio conflictivo en Vela terminó con un fallo favorable al hombre

Una mujer demandó a su ex marido por “abandono voluntario y malicioso” del hogar, argumentando que el señor salía de noche y volvía a altas horas de la madrugada, haciendo imposible la continuidad del vínculo; pero la Justicia, tanto en primera como en segunda instancia, rechazó el reclamo.

El caso de divorcio contradictorio ocurrió en María Ignacia, donde la señora pretendía un resarcimiento económico por el daño moral del que denunció ser víctima.

No obstante, el Juzgado Contencioso Administrativo Nº 2 con asiento en Azul, de los doctores Ricardo César Bagú, Esteban Louge Emiliozzi y Lucrecia Inés Comparato, desestimó un planteo de nulidad de la sentencia del órgano judicial inferior, presentado oportunamente por la esposa.

El expediente, al que accedió LA VOZ, refiere que la pareja velense se caso en 1990, y la convivencia en el pueblo rural fue “normal” hasta mediados de 2002, cuando comenzaron –según la señora- las escapadas a “lugares de diversión nocturna” del marido, quien “volvía a altas horas de la madrugada con mucho olor a alcohol”.

Para la contrayente, esto “inició conflictos conyugales que hicieron moralmente imposible la vida en común”. Fue así que en marzo de 2003 el demandado “hizo abandono del hogar

conyugal, retirando sus pertenencias personales y diciendo que no quería vivir más con ella”.

El hecho fue denunciado en el destacamento policial de María Ignacia, y la señora pidió que se la indemnice por el “daño moral sufrido”.



LA DEFENSA



En su réplica, el esposo argumentó que la separación se debió a que ambos “habían decidido mudarse” de un domicilio a otro, siempre dentro de Vela, “pero luego la actora cambió de opinión y decidió seguir habitando el mismo inmueble”. Eran momentos donde la relación “ya se encontraba desgastada y no existían casi coincidencias entre nosotros”, adujo el hombre en la causa.

La Justicia dio lugar al divorcio pero negó el resarcimiento por daño moral, pues corroboró que si bien el demandado se fue de la casa en marzo de 2003, ya existían “problemas matrimoniales anteriores al alejamiento”.

Por otra parte, los testimonios producidos en autos “nada aportan acerca del clima en que se

desenvolvió la relación conyugal”, consignó el magistrado actuante, para agregar que si bien la mujer acreditó el hecho objetivo del alejamiento, “surge de sus propios dichos la falta de maliciosidad en la actitud” del marido, “lo que lleva a la convicción de que el

abandono del hogar se produjo por motivos razonables”, sentenció.

No obstante, el hombre tampoco pudo probar un acuerdo para mudarse de domicilio, por lo que se rechazó una contrademanda.

“El daño moral debe ser desestimado pues para su procedencia es necesario que el cónyuge que lo reclama revista el carácter de inocente”, fundamentó el juez.





APELACION


De todos modos, la señora apeló porque entiende que su ex esposo “se alejó del hogar conyugal por una decisión privada y arbitraria, con el propósito de sustraerse del

cumplimiento de todas las obligaciones emergentes del vínculo matrimonial”. Además, refirió que “el abandono se presume voluntario y malicioso, pesando sobre el

demandado la carga de probar lo contrario”.

Para la señora, el hombre “abandonó su hogar conyugal, a su esposa, y también desatendió sus obligaciones económicas, lo que se prueba con el proceso de alimentos que tramita en el mismo Juzgado de origen”.

“Tan malicioso fue el abandono que el accionado ni siquiera se llevó todos sus bienes personales, lo que quedó acreditado con el descargo que él mismo hizo en la Comisaría de María Ignacia Vela”, afirmó.

Sin embargo, los 3 jueces de Azul dieron por probado que los cónyuges se llevaban mal, o que la convivencia se desenvolvía en un clima de desavenencias, por lo que “no corresponde calificar como malicioso el retiro de uno de los esposos del hogar conyugal”.

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