16 de agosto de 2010

Locales

Locales. El Concejo sancionó una ordenanza para regular el alojamiento extrahotelero

El Concejo Deliberante sancionó una ordenanza para regular el funcionamiento del alojamiento extrahotelero. De esta manera, se controlará una actividad que en el último tiempo tuvo un gran crecimiento, a tal punto que se había denunciado que en Tandil había más de 160 lugares funcionando por fuera del sistema.
Como informara LA VOZ, desde el sector turístico se denunció que tras un relevamiento realizado por Internet se detectaron, sin profundizar, como mínimo “160 sitios” anunciando el alquiler de casas o departamentos de manera particular. Por tal motivo, se pidió que se controlen esos lugares destinados a turistas porque “no están en regla”.
“La preocupación nuestra es porque esos lugares no pagan impuestos, no tributan carga si tienen empleados y eso hace que se genere una competencia desleal, ya que los costos para son inferiores a los nuestros lo que hace imposible competir por las tarifas que ofrecen. Pero además, representa un peligro para los visitantes porque por lo general no suelen tener las normas de seguridad que exige la Ley”, explicaron desde el sector turístico.
El Ejecutivo presentó un proyecto que fue sancionado por el HCD en la última sesión realizada el pasado jueves. La futura normativa, que resta ser promulgada, está basada en que “es imperioso actualizar el criterio por el cual se determina el espacio turístico, fundamentalmente a partir de las nuevas condiciones en que se desarrolla la comercialización de los servicios turísticos locales”.
De esta manera, surge la “necesidad de darle un encuadramiento legal a todos aquellos establecimientos que se proyectaron inicialmente como complejos de cabañas, pero que por distintas circunstancias no se adecuan a los requerimientos de la Ordenanza 8263 vigente en la materia, al igual que aquellos otros alojamientos domiciliarios diferentes a la hotelería tradicional”.
Cabe destacar que se denominará “Alojamiento Extrahotelero” a los que por sus condiciones ambientales, instalaciones y servicios no se encuadran dentro de las denominaciones hotel, hostería, motel ni hospedaje según la Ley Provincial, ni de cabañas según la Ordenanza Municipal.
Esta normativa permitirá una correcta promoción, una mejor fiscalización y control por parte del Estado, lo que redunda en una protección de los usuarios. Los establecimientos quedarán divididos en dos grandes conjuntos, alojamiento urbano y alojamiento rural.
En el primer caso se trata de departamentos y casas de familia, que quedarán bajo la potestad de las inmobiliarias inscriptas en el Registro de Inmobiliarias registradas para alquileres temporales destinados al Turismo de acuerdo a la Ordenanza 11.292. Mientras que la segunda categoría incluye posadas rurales o casas de campo; estancias; bungalows y bases de campamento.

Comentarios

0

Los comentarios publicados son de exclusiva responsabilidad de sus autores y las consecuencias derivadas de ellos pueden ser pasibles de sanciones legales.

Cargando comentarios...

Subscribite para recibir todas nuestras novedades

data fiscal  © 2026 | La Voz de Tandil | Av. del Valle 1220 - Tandil