11 de abril de 2012
BUENOS AIRES.- La Cámara de Diputados no deliberará esta semana para tratar la modificación del Código Electoral y la tipificación del "femicidio" por la falta de acuerdo entre oficialismo y oposición para realizar una sesión ordinaria, se informó ayer.
La reunión será reprogramada para la semana que viene, cuando los dictámenes de comisión hayan cumplido el plazo reglamentario para ser discutidos sobre tablas sin requerir los dos tercios de los votos para habilitar su tratamiento.
La explicación que se dio desde el oficialismo para posponer la sesión de mañana fue que "no hubo acuerdo" con la oposición para que facilitaran los dos tercios necesarios y la presidencia de la Cámara, a cargo de Julián Domínguez, no consideró conveniente realizar otra sesión especial, como las que se sucedieron en marzo.
Las órdenes del día que contienen los dictámenes de comisiones para tratar la reforma del Código Electoral que propone el Gobierno y la tipificación en el Código Penal del femicidio estarán en condiciones reglamentarias de ser tratado a partir del 16 abril.
La modificación de Código Electoral, cuyo dictamen el oficialismo puso a la firma apenas ingresado a la Cámara y tras escuchar la explicación que brindó en un plenario de comisiones el ministro de Interior, Florencio Randazzo, apunta, entre otras cosas, a eliminar el formato "libreta" del Documento Nacional de Indentidad (DNI) y su reemplazo definitivo por la tarjeta tipo cédula.
Además, contiene cambios respecto de la "inadmisibilidad del voto", para que ninguna autoridad pueda ordenar al presidente de mesa que admita el voto de un ciudadano no inscripto en el padrón de la mesa; multas por no votar y otras cuestiones que hacen a la emisión del sufragio.
Además del despacho que firmó la mayoría de los miembros de dos comisiones, hay dos despachos en minoría: uno del radicalismo y otro firmado por diputados de GEN y del Frente Peronista.
Respecto de la tipificación del femicidio hubo acuerdo entre los bloques en un dictamen único para modificar el artículo 80 del Código Penal para que se castigue con reclusión o prisión perpetua al que mate "a su ascendiente, descendiente, cónyuge o a la persona con quien mantenga, haya mantenido o haya infructuosamente pretendido iniciar una relación de pareja".
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