12 de julio de 2012
El cuerpo de Consejeros Escolares de Tandil denuncia que tales acciones son ilegales ya que violan el artículo 193 del Reglamento General de Instituciones Educativas, vigente desde el 26 de noviembre del año pasado por decreto 2299/11.
Los miembros del sistema educativo que autoricen tales acciones violan sus deberes de funcionario público y mucho más aquellos que tienen responsabilidades de conducción institucional o supervisión local o regional.
DECRETO 2.299
La Plata, 22 de noviembre de 2011
Artículo 193. Prohíbese la colocación de símbolos religiosos o de partidos políticos, en el ámbito de los edificios escolares, excepción hecha de las escuelas de gestión privada confesionales con relación a los símbolos religiosos.
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