21 de diciembre de 2018
Se trata del artículo 139, que según el concejal opositor Facundo Llano, le confería al Ejecutivo, la posibilidad de incrementar las tasas durante el año próximo, sin necesidad de pasar por el Concejo Deliberante. El gobierno elevó una nota ayer, en la que le pidió al Concejo Deliberante, "apartar de la evaluación", ese ítem.
Llano había declarado que ese artículo "confiere al Ejecutivo más que superpoderes", porque le otorgaba la posibilidad de ajustar tasas y otras herramientas económicas, aplicando el Índice al Consumidor, "en el momento que quiera".
El edil del Bloque Justicialista, también cuestionó que el artículo no formó parte de la exposición de Binando en la reunión de principios de esta semana, deslizando que la idea del gobierno era que pasara lo más desapercibido posible.
Ese artículo indicaba puntualmente lo siguiente: "Facúltese al Departamento Ejecutivo a incrementar las tasas, derechos, patentes y/o contribuciones establecidas en la presente ordenanza en hasta un porcentaje máximo que no supere el Índice de Precios al Consumidor (IPC) (Indec), aplicado sobre el valor vigente y tomando como base el índice de octubre, en ambos casos del ejercicio anterior al corriente".
Llano activó el alerta en las últimas horas, asegurando que de avanzar esa disposición y ser aprobada por el Concejo Deliberante, "el gobierno podría aumentar las tasas el año que viene, cuando lo creyera conveniente, sin pasar por el Concejo Deliberante" y advirtió que "en esas condiciones, la ordenanza del presupuesto no tiene razón de ser".
"Además, fue muy burdo como lo incorporaron, no lo anunciaron, estaba solapado en el texto. Las tasas aumentan, en realidad, un 48% desde enero. Y con ésta herramienta, ¿A cuánto lo iban a llevar?", cuestionó el edil, quien calificó la maniobra como "una locura".
ARTÍCULO BAJADO
Tras la polémica, el Ejecutivo elevó una nota al Concejo Deliberante, destinada al Presidente del cuerpo, Juan Pablo Frolik; y firmada por el Jefe de Gabinete, Julio Elichiribehety, en la que se expresa que "uno de los aspectos característicos del proyecto de ordenanza impositiva tiene el espíritu de autorizar al Departamento Ejecutivo para poder actualizar tributos dentro del parámetro establecido por el índice de Precios al Consumidor, observando de esta manera los límites y lineamientos reflejados por la ley provincial 14984, a la cual este Municipio adhiriera por medio de la ordenanza 16046".
Y añade que "esta herramienta técnica, que resulta posible, e sutilizada en otros municipios y tiene antecedentes en nuestra localidad en las ordenanzas fiscales de mediados de la década del ?80".
La nota del gobierno comunal, reconoce, por otro lado, que "no puede pasarse por alto que dadas las especiales circunstancias que han caracterizado a este año 2018 y la falta de certidumbre sobre algunos aspectos económicos y financieros a nivel nacional y provincia apara el año venidero, han llevado a que pueda pensarse en un instrumento de variable como el aquí mencionado".
"No obstante, tampoco puede dejarse de lado que el presupuesto para el año 2018 fue establecido con una inflación y un dólar tipo vendedor determinado y que tanto, por circunstancias nacionales como internacionales llevaron a que esos parámetros quedaran desactualizados y con un impacto decisivo en dicho presupuesto. Pese a ello, la decisión de este Departamento Ejecutivo fue mantener inalterable los elementos tributarios", refleja el escrito presentado bajo el número 17827.
Asimismo, el Ejecutivo dice "no desconocer" que los hechos referidos "en el párrafo anterior, han sido algo transversal a todos los actores sociales".
Sin embargo, después de argumentar sobre cuál fue la idea de incluir ese artículo en el proyecto, se finaliza la nota diciendo que "por eso y en entendimiento de que variables fijas y asentadas colaborarían con la certeza económica y financiera que necesita nuestra sociedad, solicito tenga a bien apartar de la evaluación que actualmente se encuentra realizando el Honorable Concejo Deliberante, el artículo 139 del proyecto de ordenanza impositiva".
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