30 de julio de 2020
En el mismo, se dejan en claro los motivos por los cuales la
expropiación es necesaria: la fábrica es la única de su tipo en la ciudad, la
patronal tiene deudas enormes con sus trabajadores, los despidos han sido
arbitrarios e injustificados y la fábrica tiene una utilidad innegable, entre
otros.
Los objetivos principales del proyecto son la continuidad de
los puestos de trabajo, el pago de salarios adeudados y la defensa del Convenio
Colectivo de Trabajo. Así mismo, se busca colocar a la empresa bajo control y
gestión de sus trabajadores, que son quienes saben cómo llevar adelante la
producción y ya se han encargado, ante el abandono patronal, de hacer funcionar
la fábrica ellos mismos. Además, se establece que los recursos para el
funcionamiento de la fábrica deben ser otorgados por el Estado.
La patronal, que ha despedido sin causas, realizado un lock
out y evitado pagar salarios completos,
aumentos y aguinaldos, no debe ser resarcida económicamente por la expropiación
de la empresa. Aún más, el proyecto incluye la apertura de los libros contables
y deja sujeta a embargo la totalidad de los bienes y fortunas personales de los
accionistas del grupo empresario, con los cuales se realizará un fondo especial
destinado a pagar las deudas contraídas con el Estado y los proveedores.
El proyecto apunta, principalmente, a fortalecer la organización, movilización y lucha de los obreros.
EL PROYECTO DE LEY
ARTÍCULO 1: Declárase de utilidad pública y sujeta a expropiación a la empresa ceramista LOIMAR S.A.C.I.F.I.C.
ARTÍCULO 2: Esta expropiación se consumará sin pago de indemnización alguna, bajo ningún concepto, al grupo empresario que ostentaba la propiedad de LOIMAR S.A.C.I.F.I.C.
ARTÍCULO 3: Se prohíben los despidos y suspensiones de todo
el personal, que desempeña actividades laborales bajo la órbita de LOIMAR
S.A.C.I.F.I.C. Quedan expresamente garantizados los puestos de trabajo,
salarios integrales sin mengua alguna y condiciones laborales de los Convenios
Colectivos de Trabajo, de la totalidad de los trabajadores y empleados de la
firma mencionada.
ARTÍCULO 4: La empresa expropiada, quedará a cargo del
Estado Nacional y su operatoria estará bajo control directo de sus
trabajadores.
ARTÍCULO 5: Se dispone la apertura de los libros de
contabilidad de la empresa, bajo el control de los trabajadores, para proceder
a una reorganización financiera, contable y productiva, en base a los balances
reales de la ceramista.
ARTÍCULO 6: Se constituirá una Comisión de Control y Gestión
Obrera, integrada por trabajadores y electa por el voto directo de sus pares,
quienes designarán a los profesionales y técnicos de su confianza para
inventariar la totalidad de los bienes de la empresa y estarán a cargo de la
puesta en marcha del plan productivo de la misma, de acuerdo a lo establecido
en el Artículo 5 de la presente ley.
ARTÍCULO 7: La nueva administración, elegida en forma
democrática por los trabajadores, establecerá un plan de devolución de la deuda
contraída por el grupo empresario expropiado con los trabajadores, en concepto
de salarios no pagados, cargas sociales y todo otro ítem adeudado con los
empleados.
ARTÍCULO 8: Por el presente artículo quedan inhibidos y
sujetos a embargo la totalidad de los bienes y fortunas personales de los
accionistas del grupo empresario Loimar radicados en el país, tanto bienes
raíces como tenencias financieras u otras de todo orden. Sobre ellos se realizará
un relevamiento y con dichos recursos se creará un fondo especial destinado a
pagar las deudas contraídas con el Estado y con proveedores, bajo control y
gestión de sus trabajadores.
ARTÍCULO 9: De forma.
FUNDAMENTOS
Sr. Presidente:
LOIMAR es la única empresa tandilense que fabrica ladrillos
huecos, pisos rústicos y otros productos del rubro. Existe hace más de 40 años
y significa una fuente de ingresos estables para más de 80 familias de la
ciudad.
La patronal de esta fábrica -que posee, además, una extensa
fortuna hotelera a lo largo y ancho del país, creada a partir de la ceramista-
le debe a sus empleados un reajuste del 18% de la paritaria de 2019, medio
aguinaldo y el pago de dos quincenas completas. La deuda con cada uno de sus
trabajadores es de alrededor de los $200.000.
A todo esto se le sumó, primero, el despido arbitrario de 10
operarios y el incumplimiento de una conciliación obligatoria; luego el
despido, sin previa intimación a volver a trabajar, de la totalidad de los
trabajadores; y, por último, un verdadero lock-out de la planta.
Ya suman más de 8 meses desde el comienzo del conflicto,
donde los trabajadores no perciben sus salarios. Juan Loitegui, dueño de la
empresa, es responsable de empujar a los trabajadores a un conflicto en el
marco del aislamiento obligatorio, dejándolos sin el sustento de sus familias y
exponiéndolos al contagio del coronavirus.
La fábrica tiene una utilidad pública innegable. Este
proyecto de expropiación tiene por eje garantizar los puestos de trabajo y el
pago de lo adeudado frente a una patronal que ha decidido bajar sus persianas,
estafando a sus trabajadores de manera impune. La expropiación de LOIMAR
S.A.C.I.F.I.C. debe ser sin resarcimiento para una patronal que ha violado
todas las disposiciones, incluida una conciliación obligatoria dictada por el
propio Ministerio de Trabajo. La planta, al ser colocada bajo control de los
trabajadores, podrá arrancar su normal funcionamiento de modo inmediato, luego
de que el Estado garantice los recursos necesarios.
Por estos motivos, solicitamos a los y las legisladores
nacionales la aprobación de este Proyecto de Ley.
Dip. Nacional Romina Del Plá
Fuente: Prensa Obrera
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