23 de septiembre de 2014
En caso de que este proyecto tenga aceptación por parte de los concejales, se especula con que se necesitará de cerca de dos meses para la creación de esta nueva figura en la ciudad. Por lo tanto, para principios del año que viene Tandil podría llegar a contar con un Defensor del Pueblo.
El concejal Claudio Ersinger habló con La Voz y dio detalles vinculados a este tema al señalar que “estamos trabajando en la figura de un Defensor del Pueblo para la comunidad tandilense. Esta figura existe a nivel nacional, en localidades más grandes y más chicas que la nuestra. Se busca que se respeten los derechos y garantías de los ciudadanos”.
“La idea es hacer un control de la gestión pública de la municipalidad. Los vecinos que tengan alguna dificultad tendrán una instancia pública para presentar ese reclamo, haciéndolo a través del defensor del pueblo”, sostuvo el productor agropecuario.
Además mencionó que “el Defensor del Pueblo puede hacer varios trabajos para defender al ciudadano ante los reclamos, como ahora sucede con los aumentos del gas por dar un ejemplo. También se podría dar en materia de turismo con muchas cosas, teniendo en cuenta las características que tiene esta ciudad”.
Ersinger también explicó que “este proyecto es una iniciativa propia a partir de que la ciudad creció y la municipalidad también. Nosotros tenemos la función de controlar al ejecutivo y a veces el vecino tiene algún conflicto con un funcionario y no tienen donde acudir para hacer un reclamo”.
El concejal del Frente Renovador agregó que “el proyecto tomo estado legislativo en la última sesión y ya esta a disposición de los concejales. Entregamos copias a los bloques para que los analicen y ya esta en la comisión de interpretación de asuntos legales para que esto avance”.
“Ojala Tandil pueda tener rápidamente de una figura tan importante como la del Defensor del Pueblo, ya que no solamente resolvería problemas sino que también sería gratuito para los vecinos”, afirmó el edil de la oposición.
En el final, Claudio Ersinger se expresó con respecto a la opinión sobre el tema que tuvo del resto de sus pares al sostener que “a todos les parece un hecho importante que la ciudad pueda contar con un Defensor del Pueblo. Sería una figura independiente al gobierno local y dependería del legislativo, donde están todas las fuerzas, para ser neutral. Creo que los concejales analizarán con la seriedad que lo amerita el proyecto que hemos presentado”.
Recuadro
¿Qué es el Defensor del Pueblo?
El Defensor del Pueblo actúa con plena autonomía funcional y sin recibir instrucciones de ninguna autoridad. Está facultado para presentarse en sede judicial, y es designado y removido por el Congreso con el voto de las dos terceras partes de los miembros presentes de cada una de las Cámaras.
La figura del Ombusdman —comisionado o representante— proviene del derecho escandinavo y fue integrado al orden normativo argentino a través de la reforma constitucional de 1994.
¿Cuál es la misión del Defensor del Pueblo?
La misión del Defensor del Pueblo es doble: por un lado, se encarga de la defensa y protección de los derechos, garantías e intereses tutelados en la Constitución Nacional y las leyes, ante hechos, actos u omisiones de la Administración y, por el otro, también se ocupa del control del ejercicio de las funciones administrativas públicas.
Para atender los reclamos, el Defensor del Pueblo está facultado para realizar investigaciones, inspecciones, verificaciones, solicitar expedientes, informes, documentos, antecedentes, determinar la producción de toda otra medida probatoria o elemento que estime útil a los fines de la investigación. Incluso puede requerir la intervención de la Justicia para obtener la remisión de toda la documentación que le hubiere sido negada.
Las competencias del Defensor del Pueblo incluyen la atribución de investigar, criticar, opinar y recibir denuncias, requiriendo para todo esto la colaboración de los órganos del poder. En relación a las segundas, hace uso de su legitimación procesal para demandar ante organismos jurisdiccionales las violaciones contempladas en sus facultades.
¿Qué puede denunciarse?
En la Defensoría del Pueblo puede denunciarse todo acto u omisión, de autoridades públicas o particulares, que lesione, restrinja, altere o amenace derechos y garantías reconocidos por la Constitución Nacional y las leyes.
Esto contempla cualquier forma de discriminación, inconvenientes con los servicios públicos, violaciones a los Derechos Humanos, seguridad social y empleo, maltrato y mala atención en hospitales públicos, contaminación ambiental, aumentos de impuestos y tarifas, desaparición forzada de personas, corrupción en la función pública, entre otros temas.
Todos los trámites son absolutamente gratuitos y no requieren de la asistencia o firma de un abogado.
¿Cómo presentar su queja?
Las quejas deben ser presentadas en forma escrita conteniendo nombre, apellido y domicilio del damnificado y precisan estar firmadas por el mismo o por un representante, en los casos de que aquel se encontrara incapacitado.
En el escrito deberá detallarse la naturaleza del problema y las instancias posteriores al mismo, así como también los reclamos y respuestas recibidas si es que se hubieren efectuado.
La queja se presenta en el plazo máximo de un año calendario de ocurrido el hecho, acto u omisión motivo de la misma y será acompañada por fotocopia de todos los comprobantes relacionados.
Recibido el reclamo, se enviará una nota donde se informará el número de actuación y el área que llevará adelante el trámite.
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