8 de junio de 2020
"En el contexto de la emergencia pública en materia económica, social y sanitaria, y con el objetivo de continuar implementando medidas dirigidas a mantener el ingreso y el empleo de la población, el gobierno nacional resolvió prorrogar la prohibición de efectuar despidos sin justa causa, y por las causales de falta o disminución de trabajo y fuerza mayor, por el plazo de 60 días", informaron desde Casa Rosada mediante un comunicado.
Esta medida abarca la "prohibición de efectuar suspensiones con las mismas causales, quedando exceptuadas aquellas que se efectúen en los términos del artículo 223 bis de la Ley de Contrato de Trabajo, es decir, las pactadas individual o colectivamente u homologadas por la autoridad de aplicación".
Según la resolución, en caso de incumplir la medida se debe ir a juicio y y el resultado será la reinstalación y el pago de salarios durante el tiempo que no se cobró. En el caso de los no registrados, la situación judicial es más difícil porque tendrán que demostrar el vínculo laboral.
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