13 de diciembre de 2012

Locales

Locales. El juez porteño decide si es admisible el amparo por el agua de La Elena


De un momento a otro, el doctor Esteban Furnari, del Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo Federal, decidirá la admisibilidad del recursos de amparo presentado por el diputado Mauricio DエAlessandro y los vecinos de La Elena, en torno a la necesidad de llevar el agua corriente al barrio de nuestra ciudad.
Según pudo averiguar este Diario, el magistrado porteño muy posiblemente dara curso favorable a la admisibilidad. Esto quiere decir que se habilita una instancia donde se convocará al Enhosa, el municipio y Obras Sanitarias, las tres partes responsables de la obra, para que den cuenta de todos los expedientes referidos al tema. Al mismo tiempo, se convocaría a una audiencia público con los habitantes de La Elena.
Cabe señalar que el expediente ingresó al Juzgado de la Ciudad de Buenos Aires y fue remitido al fiscal, quien ya lo retornó al despacho del juez Furnari.
Existe algún tipo de discusión sobre la competencia federal del caso, es decir, si es resorte del contencioso porteño, o por cuestiones de jurisdicción, debe intervenir Azul. No obstante, todo indica que el proceso continuará su derrotero donde entró, es decir, en la Capital Federal.
El barrio La Elena fue loteado por la firma Vinelli en el año 1993 y desde entonces los vecinos vienen reclamando que se les suministre agua potable. Tandil enfrenta serios problemas de agua y el barrio, donde viven 200 familias y más de 1000 personas, es asistido a través de camiones cisterna por el municipio. Los vecinos se han agrupado en una comisión vecinal y denuncian que el agua que consumen está contaminada.
La demanda detalla las innumerables gestiones realizadas por los vecinos ante el intendente Miguel Lunghi y autoridades provinciales para obtener agua potable sin éxito. “En la cisterna más limpia que hay en el barrio en el fondo hay lombrices y distintos bichos, porque es imposible hacerla aséptica. En este momento tenemos una vecina del barrio donde los tres integrantes de la familia, la madre y dos hijos tienen una bacteria en estómago que viene del consumo de mala calidad de agua”, afirmó D’Alessandro en su demanda.
La justicia tiene un plazo de 96 horas para decidir si declara admisible la demanda. Si así lo resuelve, ordenará a los demandados, municipalidad, Dirección de Obras Sanitarias y Enhosa, que remitan un informe circunstanciado con los expedientes y trámites realizados a lo largo de los años para proveer de agua potable al barrio y hecho, tendrá 48 horas para dictar sentencia.
D’Alessandro explicó el objeto de la demanda y lo asimiló a un choque en cadena, “el vehículo que espera en primera fila que se abra el semáforo y es embestido desde atrás por varios rodados no tiene porqué averiguar la mecánica del hecho. Al conductor embestido sólo le corresponde demandar a todos y no determinar quien fue en definitiva el culpable. Eso es tarea de la justicia. Lo que ella tiene que hacer es compensar los daños que sufrió el que estaba detenido esperando el semáforo. Esos son los habitantes de La Elena. A ellos no les importa ni compete saber de quien es la culpa. Pero la Provincia y el Municipio habilitaron el loteo. Permitieron su venta. Garantizaron entonces, los servicio básicos y ahora deben proveerlos”.

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