15 de octubre de 2026
La medida fue oficializada a través del Decreto N.º 3102/2026 tras desestimarse los recursos administrativos presentados por la empleada e inasistencias injustificadas a las juntas médicas.
La Municipalidad de Tandil formalizó la sanción disciplinaria de cesantía para una profesional odontóloga que se desempeñaba en la planta permanente del Sistema Integrado de Salud Pública (SISP). La disposición quedó asentada en el Decreto N.º 3102/2026, firmado por el intendente Miguel Ángel Lunghi y la presidenta del ente descentralizado, Cecilia Martens, fijando el cese formal de funciones a partir del 1º de octubre de 2026.
La agente revistaba en la categoría 15, con un régimen
laboral de 24 horas semanales dentro de la Dirección de Salud Comunitaria del
SISP. Según consta en el expediente administrativo, el caso se inició el 11 de
diciembre de 2025, fecha en la que comenzó a hacer uso de licencias médicas por
un cuadro depresivo-angustioso, las cuales fueron prorrogadas sucesivamente
mediante certificaciones privadas.
Incumplimientos en
los controles e inasistencias
De acuerdo con las actuaciones, el 24 de junio de 2026 una
Junta Médica institucional evaluó su condición y estableció que la profesional
se encontraba apta para reincorporarse a sus tareas el 10 de julio. No
obstante, la empleada presentó un nuevo certificado y se fijó una nueva Junta
Médica para el 22 de julio, a la cual no asistió, notificando por correo
electrónico que se hallaba en otra ciudad por motivos personales. Ante la falta
de justificación, la administración dio de baja la licencia e intimó la
reincorporación bajo apercibimiento de abandono de cargo.
En agosto de 2026, la agente presentó una nueva
certificación médica solicitando un "cambio de ámbito laboral". Ante
este requerimiento, el 19 de agosto a las 10:00 horas un médico laboralista de
la Unidad de Salud en el Trabajo (UST) se apersonó en el domicilio registrado
para realizar la inspección médica correspondiente, constatando que la
trabajadora no se encontraba en el lugar. Tras esta ausencia injustificada, la
Comuna revocó nuevamente la licencia e intimó a la reincorporación inmediata.
Agotamiento de la vía
administrativa y sanción
A lo largo del proceso, la representación letrada de la
profesional interpuso recursos de revocatoria y apelación en subsidio. Sin
embargo, tanto la Jefatura de Recursos Humanos como la Presidencia del SISP
rechazaron los planteos, quedando agotada la vía administrativa con la
notificación formal realizada el 30 de septiembre de 2026.
Dado que la orden de reincorporación quedó firme y la
trabajadora no se presentó a prestar servicios, el Ejecutivo municipal
fundamentó que se configuró un incumplimiento grave de las obligaciones
laborales. En consecuencia, se hizo efectivo el apercibimiento aplicando la
sanción de cesantía conforme al artículo 290 inciso a) del Convenio Colectivo
de Trabajo N.º 09/2019 y al artículo 108 de la Ley Provincial N.º 14.656 por
abandono de servicio.
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