23 de diciembre de 2013
El Municipio de Tandil, a través de la Dirección de Protección Ciudadana y de Defensa Civil, recordó una serie de medidas para evitar incendios forestales en la temporada de verano y ante la intensa ola de calor que se registra.
Si bien los incendios forestales se pueden originar por causas naturales, en la mayoría de las ocasiones se deben a la acción del hombre, ya sea por actuar de manera descuidada o negligente.
Por tal motivo y con la intención de evitar la propagación de incendios que pongan en riesgo no sólo los bienes materiales sino la integridad física de las personas y animales, las autoridades comunales recomiendan:
Realizar cortafuegos, desmalezando la superficie de los terrenos propios o linderos a los efectos de evitar la propagación del fuego a otros sectores (viviendas, comercios, etc.).
Realizar podas de árboles a una altura aproximada a los 2,00 mts. para evitar que ante un incendio de pastizales se propague a la copa de estos mediante sus ramas.
Evitar que la copa de los árboles se encuentren próximas a los techos de las viviendas.
Mantener limpios los techos de las viviendas de hojas y ramas o cualquier otro elemento combustible.
No tirar colillas, fósforos, vidrios o alimentos que puedan descomponerse y causar un incendio.
Si pasea por las sierras no encienda fuego bajo ningún concepto.
No quemar hojas u otros restos los días de vientos y en épocas de peligro de incendios.
También hay que tener presente en todo momento las vías de escape en caso de incendio, no solamente en espacios cerrados sino también en los paseos al aire libre.
No tire colillas ni objetos por las ventillas del coche.
Trate de no encender hogueras y llevar comida preparada.
Asimismo, se recordó que los lugares propensos a incendios forestales deben estar limpios de vegetación y sin que esta se aproxime al cableado eléctrico si existiese.
Si se observa un incendio forestal o una columna de humo es importante avisar lo más rápidamente posible a los bomberos al tel. 100 y proporcionarles la mayor información sobre lo que ocurre, y luego tratar de esperarlos en el lugar del siniestro a fin de servirles en lo posible como guía.
Finalmente, se recordó que las personas que provoquen un incendio por imprudencia o negligencia, impericia o inobservancia de los reglamentos u ordenanzas, son pasibles de las penas establecidas en los artículos 186 y 189 del Código Penal de la Nación, con sanción de reclusión o prisión según el caso.
Por lo tanto denuncie a quienes pongan en riesgo su vida o su patrimonio.
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