19 de enero de 2009
A principios de diciembre último, el Ejecutivo presentó un paquete de medidas fiscales y herramientas económicas destinadas a atenuar el impacto en la ciudad de la desaceleración económica que vive el país, como así también promover el mantenimiento de los empleos, según se presentó.
A la fecha, de dichas iniciativas, sólo fueron elevadas al Concejo Deliberante para su consiguiente aprobación, las confeccionadas por la secretaría de Economía.
Las comprometidas desde Desarrollo Local, en tanto, el viernes último el proyecto fue enviado para su consideración a la jefatura de Gabinete, quien se estima que tras su evaluación elevará al recinto deliberativo para su tratamiento.
Por aquellos días, desde Economía municipal Matías Civale afirmaba que se trataba de medidas “pro activas” que tomaba el Municipio, dentro de “los reducidos márgenes de maniobra” que tiene en este contexto de desaceleración, y que tienen como objetivo además acompañar las que se están tomando desde la provincia y la Nación.
El funcionario destacó que “se apunta a sectores y actividades que tienen un alto impacto en la economía local y en el nivel de empleo, como a rubros que están sufriendo las consecuencias del enfriamiento de la actividad, como puede ser la construcción o la industria metalmecánica, así como refuerzos para áreas sociales”.
En lo que respecta a la aún no tratado paquete de medidas anunciadas desde la secretaría de Desarrollo Local, Pedro Espondaburu indicó que ya está bajo la jefatura de Gabinete, quien dispondrá el tiempo para elevar para que los ediles lo traten.
Básicamente, aquellas iniciativas versan sobre un programa municipal de subsidio al empleo. Una asignación mensual de 300 pesos por empleo durante 1 año.
Se explicó al respecto que el Fondo permitirá de mínima contribuir a generar o consolidar 70 empleos directos. Funcionará como reintegro que puede ser al empleador o al trabajador según los casos. Los trabajadores beneficiados no deberán estar recibiendo otras asignaciones (Seguro de Desempleo; Seguro de Capacitación y Empleo; Plan Bonus o Segunda Oportunidad; Jubilaciones; Pensiones u otras asignaciones).
También se abrirá un registro de empresas y trabajadores en la Secretaría de Desarrollo Local al efecto.
Este programa apunta específicamente a la franja de población que no se encuadra dentro de los programas provinciales y nacionales que están en vigencia.
LAS ORDENANZAS FISCALES
Sobre las ordenanzas fiscales que recientemente el HCD aprobó por unanimidad en medio del debate presupuestario, se expresa en su artículo primero que se autoriza al Ejecutivo “a afectar en el corriente ejercicio la suma de 200.000 pesos del saldo producido por aplicación de la Ordenanza Nº 8200, con destino a financiar adicionalmente el Programa Local de Empleo Productivo (Prolep).
Otra de las ordenanzas votadas fue la que establece una desgravación del 50 por ciento de la alícuota de la Tasa Unificada de Actividades Económicas por las ventas de Gas Licuado de Petróleo (GLP) envasado en garrafas de 10, 12 y 15 kilogramos de capacidad.
Al respecto, se facultó al Ejecutivo a reglamentar y disponer los requisitos necesarios para la aplicación del artículo aprobado.
También se aprobó “efectuar descuentos de hasta un 100 por ciento de las multas automáticas de los períodos enero, febrero y marzo, y de hasta un 50 por ciento de los períodos siguientes del año 2009, por la falta de presentación de las declaraciones juradas mensuales de la Tasa Unificada a las Actividades Económicas.
El Departamento Ejecutivo establecerá vía reglamentación las condiciones y requisitos necesarios para que los contribuyentes accedan a los descuentos enunciados.
También se creó el régimen para aquellos contribuyentes que ejerzan su actividad en el Parque Industrial, paguen las expensas correspondientes al Consorcio Parque Industrial Tandil y tributen la Tasa Unificada de Actividades Económicas (T.U.A.E.).
Por los pagos efectuados por expensas en el año 2009, por montos superiores a los importes determinados por la T.U.A.E. generando saldos a favor del contribuyente, los mismos podrán ser imputados y/o compensados a los siguientes conceptos:
Deudas por T.U.A.E. devengadas a partir de la primera cuota de 2009.
Si se registra deuda por años anteriores de T.U.A.E. deberá ser consolidada y podrá ser descontada del saldo a favor existente, debiendo suscribir un plan de pagos por la diferencia.
Aplicar a cuotas de planes de pago vigentes y/o futuros a partir del año 2009.
La desgravación dispuesta tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2009. Mientras que el régimen establecido en el artículo 4º tendrá vigencia hasta el 30 de Junio de 2009, pudiendo el Departamento Ejecutivo prorrogarla automáticamente hasta el 31 de diciembre de 2009.
La otra ordenanza sancionada establece un plan de pagos de hasta 12 cuotas mensuales, consecutivas y sin interés por financiación que será otorgado a solicitud de los contribuyentes obligados al pago de los Derechos de Construcción.
El beneficio establecido será de aplicación exclusiva para aquellos casos de obras nuevas a construir y/o reformas y/o ampliaciones debidamente documentadas antes del inicio de las mismas, ante la oficina que determine el Departamento Ejecutivo.
El plazo de vigencia para acogerse al presente régimen será hasta el 30 de diciembre de 2009, venciendo la primera cuota el último día hábil del mes de acogimiento.
La cantidad de cuotas a otorgar a los solicitantes, variará en función de la fecha de presentación, no pudiendo superar la última cuota la fecha de vigencia establecida.
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