21 de enero de 2008
La medida comenzó ya a visualizarse en la pagina del municipio, tras aprobarse vía Concejo Deliberante, desde donde surgió la iniciativa por parte del edil Gastón Morando, allá por mediados de noviembre del 2005.
El proyecto establece la presentación de la declaración jurada de los legisladores y se puso en marcha a partir de estos días desde la secretaría de Economía que lidera el contador Matías Civale. La medida no hace más que retoma los parámetros de la Ley de ética en el ejercicio de la función pública, a nivel nacional cuya aplicación es controlada por la Oficina Anticorrupción del Ministerio de Justicia de la Nación, donde se establece la obligatoriedad para los funcionarios públicos y concejales de presentar año a año el patrimonio de sus bienes y el del grupo familiar.
Más precisamente, los vecinos podrán ingresar al sitio www. tandil. gov. ar, desde donde podrán ingresar al link que refiere a transparencia, donde se detalla que el Municipio de Tandil “impulsa distintas acciones de gobierno, tendientes a consolidar políticas de transparencia, que redunden en una gestión más eficiente del estado”.
A modo de presentación, refiere a que “abre, para tal objetivo, alternativas para que los vecinos/as interactúen en forma directa, a través de distintos medios, con el gobierno. De esta manera se fortalece el concepto de un estado más horizontal, donde ciudadanos/as puedan asumir un rol activo en el control de las políticas públicas”.
Entre las distintas líneas de acción se destacan el Boletín oficial on-line, que permite el acceso a todos los decretos del Poder Ejecutivo y ordenanzas del Poder Legislativo. Las declaraciones juradas patrimoniales, donde se anuncia que se encuentran disponibles todas las declaraciones juradas de los funcionarios del departamento ejecutivo comunal. Empero, al ingresar aún resta encontrar la lista con la respectiva información, cuestión que estaría subsanada en las próximas horas. Más precisamente, el mensaje dice textualmente: “actualizando las Bases de Datos. Inténtelo mas tarde o informe a la Dirección de Sistemas Informáticos”.
Civale confió que ya recibió información de quiénes serán alcanzados por una norma inédita en la historia política local y que, en la mayoría de los casos, permite un control social sobre la evolución patrimonial de aquellas personas que ejercen la función pública.
La Oficina Anticorrupción reglamentó la norma de tal manera que la declaración jurada deberá contener una nómina detallada de todos los bienes, propios del declarante, propios de su cónyuge, los que integren la sociedad conyugal, los del conviviente, los que integren en su caso la sociedad de hecho y los de sus hijos menores, en el país o en el extranjero.
En especial se detallarán los bienes inmuebles y las mejoras que se hayan realizado sobre dichos inmuebles; bienes muebles registrables; y otros bienes muebles, determinando su valor en conjunto.
En caso de que uno de ellos supere la suma de cinco mil pesos ($5.000) deberá ser individualizado.
También deberán declarar ante Economía el capital invertido en títulos, acciones y demás valores cotizables o no en bolsa, o en explotaciones personales o societarias; y el monto de los depósitos en bancos u otras entidades financieras, de ahorro y provisionales, nacionales o extranjeras, tenencias de dinero en efectivo en moneda nacional o extranjera.
En sobre cerrado y lacrado deberá indicarse el nombre del banco o entidad financiera de que se trate y los números de las cuentas corrientes, de cajas de ahorro, cajas de seguridad y tarjetas de crédito y las extensiones que posea. Dicho sobre será reservado y sólo deberá ser entregado a requerimiento de la autoridad de aplicación de la norma o de autoridad judicial.
Otros bienes alcanzados por la medida son los créditos y deudas hipotecarias, prendarias o comunes; además de los ingresos y egresos anuales derivados del trabajo en relación de dependencia o del ejercicio de actividades independientes y profesionales.
Asimismo, se le solicitarán informes de los ingresos y egresos anuales derivados de rentas o de sistemas previsionales. Si el obligado a presentar la declaración jurada estuviese inscripto en el régimen de impuesto a las ganancias o sobre bienes personales no incorporados al proceso económico, deberá acompañar también la última presentación que hubiese realizado ante la Dirección General Impositiva.
Comentarios
0Los comentarios publicados son de exclusiva responsabilidad de sus autores y las consecuencias derivadas de ellos pueden ser pasibles de sanciones legales.
Iniciá sesión para dejar tu comentario
Iniciar sesiónCargando comentarios...
Denunciar comentario