28 de diciembre de 2013
Ayer a las 13.30 se conoció el veredicto del Tribunal en lo Criminal 1 de Tandil por el cual se condenó a Martín De Agostini a la pena 24 años de prisión al hallarlo culpable de “Doble homicidio en concurso real”, hecho en el que resultaron víctimas Santo Bravata y Francesca Crocce.
En la audiencia final De Agostini no estuvo presente, mientras que estuvieron presentes los magistrados Gustavo Echevarría y Pablo Galli, no concurriendo el doctor Guillermo Arecha.
Cabe mencionar que el representante del Ministerio Público, doctor Luis Piotti había pedido una condena a 25 años de prisión.
Siguieron atentamente la resolución del Tribunal, el representante del condenado, doctor Diego Araujo, los padres del propio De Agostini y algunos allegados.
Los fundamentos de la sentencia serán informados la semana venidera, de acuerdo a lo manifestado desde ámbitos judiciales
Cabe mencionar que el defensor oficial, había planteado que el hecho fue un homicidio atenuado bajo emoción violenta, solicitando una pena de hasta 12 años de prisión.
A su vez, eventualmente sino se daba el estado de emoción violenta, Araujo había pedido que se considere un trastorno mental transitorio, con una imputabilidad disminuida y un reproche jurídico menor, por entender que la persona tiene reducido el ámbito de autodeterminación de su conducta, en este caso emoción violenta.
El Tribunal tuvo en cuenta los informes de los peritos oficiales quienes evaluaron que la conducta del victimario no había sido producto de un episodio de emoción violenta.
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