14 de junio de 2021

Fase 2

Fase 2. El último decreto municipal sobre las restricciones en Tandil

Establézcase a partir del 14 de junio y hasta el dictado de un nuevo acto administrativo, el funcionamiento de las actividades y servicios habilitados por este Departamento Ejecutivo al 4 de junio de 2021, de acuerdo a la siguiente modalidad: los establecimientos cuya actividad consistía en el expendio de comidas y bebidas, podrán funcionar en el horario de 6 a 19, permitiéndose continuar únicamente hasta las 23 con la prestación del servicio a través de la forma de take away o delivery. a los establecimientos cuya actividad consista en el expendio de combustible, podrán funcionar en el horario de 6 a 23. el resto de las actividades y servicios autorizados por este Departamento Ejecutivo podrán funcionar en el horario de 06:00 a 19:00.

Las bibliotecas podrán funcionar en el horario al que refiere el incido c) sólo a través de la modalidad de retiro y entrega de libros sin permanencia en el establecimiento. 

No se encuentran autorizados: natatorios, gimnasios y demás actividades deportivas colectivas e individuales en espacios cerrados, a excepción de los supuestos previstos para natatorios y gimnasios en el decreto N° 1715/21.

 Actividades deportivas grupales de contacto al aire libre. Mercados y ferias de artesanías o alimentos en espacios cerrados. Ferias internadas y comerciales en espacios cerrados. Artes escénicas y musicales. Casinos. Actividades y reuniones sociales en domicilios particulares, espacios cerrados o al aire libre, salvo para la asistencia de personas que requieran especiales cuidados.

Los servicios empresariales de catering a los que se refiere el Decreto 1661/20 y modificatorias como así también los servicios de entretenimientos de fiestas infantiles encuadrados en el Decreto 2025/20 y sus modificatorias.

Celebraciones religiosas en espacios cerrados. Complejos cinematográficos, Museos, Cursos de capacitación y talleres culturales al aire libre o en espacios cerrados. 

Para todo lo no modificado por este Decreto, se mantendrá la vigencia de los derechos y obligaciones establecidos en las normas que actualmente regulen las actividades y servicios aquí referidas, y especialmente las dictadas en el Partido de Tandil en el marco de la emergencia sanitaria vigente como consecuencia de la pandemia mundial del coronavirus Covid-19.

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