30 de agosto de 2022
Su implementación se da en los plazos establecidos en la
propia normativa que indicaba un periodo de 90 días para la reglamentación y el
mismo tiempo desde firmado el decreto reglamentario para su entrada en vigencia.
El objeto de la ordenanza es regular en el Partido de Tandil
todas las acciones relativas al manejo responsable de fitosanitarios. Los
alcances y zonas de exclusión y de amortiguamiento pueden consultarse en el
siguiente link:
En las sanciones se establecen multas que van de 5 a 30
sueldos municipales de 30 horas, categoría 4 del escalafón administrativo. Esos
montos se duplicarán en caso de una primera reincidencia. Si se registrará una
segunda reincidencia se inhabilitará para la aplicación por un lapso mínimo de
30 días.
Durante estos últimos tres meses, desde firmado el decreto
reglamentario a la implementación, las autoridades comunales mantuvieron
encuentros con representantes de asociaciones y organizaciones del sector que
reúnen a productores, ingenieros agrónomos, aplicadores y otras personas
vinculadas a la actividad.
Para consultas o mayor información los interesados pueden
comunicarse a la Dirección de Medioambiente por mail a ambiente@tandil.gov.ar o
personalmente en Belgrano 417 1° piso, oficina 3, o a la Dirección de Asuntos
Agropecuarios por mail a dir_agro@tandil.gov.ar o personalmente en Pje. Fournier
33.
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