3 de mayo de 2020

De 9 a 14 horas

De 9 a 14 horas. Establecen nuevo horario para atención en oficinas de Administración Pública

En la normativa también se señala que aquéllas áreas cuya modalidad de funcionamiento fuera distinto, producto del marco normativo establecido como consecuencias de la pandemia mundial, deberán mantener la prestación de sus servicios en iguales condiciones.

De acuerdo a lo que marca el decreto, quedan exceptuados de lo dispuesto, y por ende deberán permanecer cerrados, las estaciones de la red de Puntos Limpios, el Centro Cívico del barrio Palermo, el Centro Cívico de Villa Italia, los Centros Comunitarios y las áreas mencionadas en los arts. 1, 2 y 3 del Decreto N° 744/20 y art. 1 del Decreto 754/20 prorrogado por Decreto 899/20 (oficinas de turismo, Museo de Bellas Artes y escuelas Municipales).

Además, determina que se deberán disponer guardias mínimas de atención en las diferentes áreas comunales, estableciendo como criterio ordenador a cargo de cada Secretario la determinación de los trámites que podrán realizarse en cada una de las dependencias. A la vez, se deberá disponer la rotación de hasta un máximo del 50% del personal que reviste en cada una de ellas.

Finalmente mantiene la suspensión del deber de asistencia al lugar de trabajo para los trabajadores de la administración central enumerados en el Decreto N° 753/20, entre los que se encuentran los incluidos en grupos de riesgo, y de los plazos procedimentales y audiencias previstos en el Decreto N° 755/20, prorrogado por Decreto N° 899/20.

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