8 de julio de 2020
El Tribunal Oral Federal (TOF) 4 tomó la decisión en el marco de la causa que se le sigue el empresario por lavado de dinero, según consta en el fallo al que accedió la agencia Télam.
El Tribunal Oral Federal (TOF) 4 dispuso este miércoles la
excarcelación del empresario Lázaro Báez en la causa que se le sigue por lavado
de dinero y, si bien abandonará el penal de Ezeiza, seguirá cumpliendo prisión preventiva
domiciliaria, en el marco de otro expediente, según surge del fallo al que
accedió Télam.
Los jueces del TOF 4 le impusieron una caución real de más
de 632 millones de pesos que sus abogados calificaron como "exorbitante y
de imposible cumplimiento", por lo que reclamaron que se le fije otra
acorde a la realidad material del imputado (que se encuentra embargado e
inhibido) y se les permita contratar un seguro de caución.
Los jueces dispusieron, además, que Báez deberá someterse al
cuidado del Programa de Asistencia a Personas Bajo Vigilancia Electrónica del
Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, mediante la colocación de un
dispositivo de monitoreo electrónico de GPS, con un radio de 100 kilómetros a
la redonda del lugar de residencia informado.
En el mismo fallo los magistrados le impusieron la
obligación de presentarse al tribunal cada 15 días y la retención de su
pasaporte e interdicción de expedir nuevos a su nombre, más la prohibición de
salida del país.
Los jueces Jorge Gorini, Néstor Costabel y Daniel Obligado
hicieron saber que la excarcelación del imputado "no se hará efectiva a
tenor del arresto domiciliario, ordenado en fecha 18 de marzo del año en curso,
en la causa 3017/2013" denominada "Báez, Lázaro y otros s/ encubrimiento
y otros", por lo que deberá cumplir las pautas impuestas y seguirá en
prisión preventiva, pero en un domicilio.
La resolución fue adoptada luego de que la Cámara Federal de
Casación Penal anulara hoy un fallo anterior en el que se le había rechazado al
empresario el beneficio de la excarcelación y el de la prisión domiciliaria
solicitado por su defensa, a pesar de las opiniones favorables del Ministerio
Público Fiscal.
Esta mañana, los camaristas Javier Carbajo y Mariano
Borinsky anularon el rechazo a la excarcelación firmado por el Tribunal y le
ordenaron volver a resolver "con razones fundadas para demostrar la
invalidez del dictamen fiscal", que avaló la morigeración de la prisión
preventiva de Báez porque, caso contrario, al no haber oposición de la parte
acusadora, debería hacerse lugar a la petición.
Además, los camaristas remarcaron que la parte querellante
en el caso, la Unidad de Información Financiera (UIF), "no se hizo
presente" a la audiencia fijada para debatir la cuestión.
El 19 de junio último, el Tribunal que juzga a Báez por
lavado de activos, y tiene a cargo la preparación de otro juicio por otros
hechos vinculados al mismo delito, rechazó excarcelar al empresario pese al
planteo fiscal a favor de conceder el beneficio con tobillera electrónica.
"El pronunciamiento recurrido ha sido dictado en exceso
de la pretensión del señor fiscal de juicio, quien presentó su postura
favorable al planteo efectuado por la defensa", advirtió Casación al
anularlo.
Báez está detenido desde el 6 de abril de 2016 y su defensa
argumentó que tiene 64 años, enfermedades coronarias, insuficiencia
respiratoria y diabetes tipo 2, lo cual lo pone en situación de riesgo, ante la
pandemia de coronavirus.
Además, agregó que el empresario pudo ver vulnerado su
derecho a la defensa al ser posible víctima de hechos de espionaje ilegal que
se investigan en la justicia federal de Lomas de Zamora y que podrían
significar "graves violaciones a los derechos humanos" del detenido.
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