27 de enero de 2010
Un sujeto que estaba detenido, bajo la acusación de “abuso sexual gravemente ultrajante con acceso carnal agravado por el vínculo” por abusar de su hija de 9 años fue excarcelado por la jueza de Garantías al ser recaratulada la causa a “abuso sexual simple agravado por el vínculo”.
El individuo recibió el beneficio de la excarcelación porque el delito de “abuso sexual simple agravado por el vínculo” contempla una pena de que va de los 3 a los 10 años; mientras que la otra figura penal tiene una pena que va de 8 a 20 años.
Los elementos que tuvo en cuenta la doctora Stella Maris Aracil es que no se corroboró el acceso carnal a la menor y otras cuestiones técnicas que beneficiaron al imputado, defendido por el doctor Claudio Castaño.
El hombre que recuperó la libertad fue denunciado en la Comisaría de la Mujer en el 2009 y luego de una investigación llevada adelante se reunieron elementos para su detención que se produjo días pasados en un operativo conjunto de efectivos de la Seccional Tercera y la Subdelegación Tandil de la DDI
A través de la Cámara Gesell se corroboró el abuso aunque simple, al no producirse el sometimiento de la pequeña víctima. La magistrada interviniente ordenó una restricción de acercamiento a la menor de 50 mts.
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