12 de abril de 2021
El pasado viernes se publicó en el boletín oficial una resolución conjunta de los Ministerios de Salud y de Trabajo de Nación resolviendo el retorno a los lugares de trabajo de quienes se encontraban dispensados de hacerlo, si así lo requiere el Municipio.
La norma incluye a quienes forman parte de los grupos por padecer enfermedades de riesgo, embarazadas y mayores de 60 años.
Es condición para el reingreso presencial al trabajo "haber recibido al menos una dosis de cualquiera de las vacunas destinadas a generar inmunidad adquirida contra el COVID-19 y que hubieran transcurrido 14 días desde su inoculación".
Los trabajadores de la salud deben completar el esquema de vacunación (las dos dosis) y que hubiera transcurrido 14 días desde ese momento.
Se exceptúa de lo dispuesto en esta resolución a quienes padezcan las siguientes patologías: -Personas con Inmunodeficiencias, Congénita, asplenia funcional o anatómica y desnutrición grave, VIH dependiendo del status (< de 350 CD4 o con carga viral detectable), personas con medicación inmunosupresora o corticoides en altas dosis (mayor a 2 mg/kg/día de metilprednisona o más de 20 mg/día o su equivalente por más de 14 días), pacientes oncológicos y trasplantados, con enfermedad oncohematológica hasta seis meses posteriores a la remisión completa, con tumor de órgano sólido en tratamiento, trasplantados de órganos sólidos o de precursores hematopoyéticos.
Las trabajadoras y trabajadores convocados deberán presentar constancia de vacunación o declaración jurada manifestando los motivos por los que no pudieron acceder a la vacunación.
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